Audiencia Provincial de Sevilla / SA
Audiencia Provincial de Sevilla / SA

El Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Sevilla (Andalucía) ha dictado el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de una mujer sevillana que ha quedado así exonerada de una deuda de 51.000 euros gracias a La Ley de Segunda Oportunidad. La afectada cayó en estado de sobreendeudamiento después de una separación y no pudo hacer frente a los gastos propios y de sus dos hijas.

La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigor en España en 2015 con el objetivo de ofrecer una salida razonable para todas aquellas personas en estado de insolvencia que necesitan cancelar las deudas para reactivarse en la economía, lo cual se ha aplicado en este caso.

Esta legislación permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos siempre que se cumplan una serie de requisitos. En líneas generales, son que el deudor haya actuado de buena fe, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años y que el importe debido no supere los cinco millones de euros.