TJSA
Tribunal Superior de Justicia Andaluz / Google Maps

El Tribunal Superior de Justicia Andaluz (TSJA) ha absuelto a un sevillano acusado de realizar tocamientos continuados a su sobrina menor de edad. La niña, nacida en 2007, frecuentaba el domicilio de su tía paterna, quien mantenía una relación sentimental con el acusado. Ha resultado probado que sus tíos paternos eran personas «a las que estaba muy unida, pues la habían cuidado desde pequeña, llegando incluso a compartir junto con su padre en el verano de 2015 un apartamento en Cádiz».

La Audiencia Provincial de Sevilla no probó que, «durante la estancia de la menor en el apartamento de Cádiz, así como como en fechas posteriores en su domicilio, y en concreto hasta el año 2017, se aprovechara de las estancias de su sobrina en su domicilio para así tener acceso de índole sexual y libidinoso», relata la sentencia. Tampoco ha resultado probado «que le bajara sus prendas inferiores y le tocara los genitales, no constando tampoco que le efectuara caricias y tocamientos continuados con fin sexual en distintas partes del cuerpo de la menor».

El TSJA ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la madre de la menor a la sentencia emitida por la Audiencia de Sevilla, ratificando la absolución del tío de la niña.