Miguel Carcaño, Samuel Benítez, Francisco Javier Delgado y la novia de éste, María García, tendrán que someterse a un juicio popular, mientras que ‘El Cuco’ será juzgado por un juez de menores. La familia Marta del Castillo se ha mostrado ‘satisfecha’ con la medida, ya que «era lo que nosotros pedíamos».

Miriam Rico/Agencias/Sevilla Actualidad. El juez que investiga la desaparición y presunto asesinato de Marta del Castillo, Francisco de Asís Molina, ha dictado un auto en el que acuerda que los cuatro mayores de edad implicados en el caso sean juzgados por un jurado popular.

Concretamente, éstos serían: el autor confeso del crimen, Miguel Carcaño, su amigo Samuel Benítez, su hermano mayor, Francisco Javier Delgado y la novia de éste, María García. El Cuco, por su parte, al ser menor de edad, no se verá afectado por esta medida y será juzgado por un juez de menores tras la instrucción dirigida por la Fiscalía de Menores.

Esta medida se produce después de que la Fiscalía y la acusación particular (el abogado de la familia de la joven) solicitaran la incoación del caso por el procedimiento de la Ley del Jurado, ya que «los inculpados asesinaron y ocultaron el cuerpo de Marta con la clara intención de librarse del delito de agresión sexual cometido».

Por el contrario, la letrada de Miguel, Paloma Pérez Sendino, ya presentó un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 4 en el que se posicionaba contraria a este sistema, “porque no establecía vínculo entre los delitos de violación y homicidio”. Es por ello que es posible que Sendino recurra el auto dictado por el juez.

Al igual que la abogada de Carcaño, los letrados de Francisco Javier y su novia, también presentaron sendos escritos ante el citado Juzgado en el que manifestaban no poder pronunciarse sobre si el caso debía ser juzgado por un jurado popular o uno profesional, argumentando que desconocían las imputaciones que se les hacían a sus clientes.

Por su parte, el Ministerio Público aclaró que a los cuatro mayores de edad se les imputan un presunto delito de asesinato, dos de agresión sexual, y “otro u otros” de encubrimiento, aunque aún hay que “perfilar de manera más concreta el grado de participación” de todos ellos.

Así, en relación a que los imputados sean juzgados por un jurado popular, el Ministerio indicó que, de enjuiciarse por separado los delitos de encubrimiento, “se rompería la continencia de la causa, debido a la íntima relación probatoria de unos y otros delitos”.

De otro lado, el Tribunal Supremo también ha hecho referencia sobre la materia y estima como “indudable” que el delito de asesinato y posterior ocultación del cuerpo «fue cometido por los inculpados con el propósito claro de procurar la impunidad del anterior delito de agresión sexual perpetrado».

En el auto que el Tribunal de Justicia de Andalucía (TSJA) ha remitido a los medios, el juez del caso, Francisco de Asís Molina ha manifestado que “resulta evidente que los hechos pudieran ser constitutivos de sendos delitos consumados de asesinato, violación y encubrimiento, todos ellos insertos en el Código Penal». Aunque si bien, ha expresado que aún no se ha concretado el grado de participación de los imputados.

Así, el juez ha recordado que el artículo 1 de la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado, establece que “es competencia de éste el enjuiciamiento de asesinato, sin que contemple en su ámbito objetivo el delito de violación ni el de encubrimiento”.

De igual modo, expone que “la competencia del tribunal del jurado atrae a otros ilícitos que, en un principio, no debieran ser enjuiciados ante dicho tribunal«, precisando que la competencia del citado tribunal se extenderá al enjuiciamiento de los delitos conexos, siempre que la conexión tenga su origen en los supuestos en que «dos o más personas reunidas cometan simultáneamente los distintos delitos; que dos o más personas cometan más de un delito en distintos lugares o tiempos si hubiera precedido concierto para ello; o que alguno de los delitos se haya cometido para perpetrar otros, facilitar su ejecución o procurar su impunidad«.

La familia de Marta, satisfecha con la decisión

El hecho de que los cuatro mayores de edad imputados en el caso sean juzgados mediante juzgado popular ha llenado de optimismo a la familia de la menor. La madre de Marta, Eva Casanueva, ha asegurado que “estamos bastantes satisfechos, ya que se ha elegido lo que nosotros pedíamos”.

La madre de la joven ha pedido que «se haga justicia» y ha instado al jurado popular que «valoren lo que se diga en ese juicio» para juzgar a cada uno de los implicados según «lo que se merecen«. Casanueva se ha mostrado optimista, pues piensa que “la sociedad está muy concienciada. Espero que la valoración que se haga sea muy positiva”.

Casanueva ha señalado que la familia no persigue «ni venganza ni odio, simplemente justicia» por lo que ha insistido en que los miembros del jurado «estudien y valoren de la manera más justa posible» todo lo que se diga en el juicio.

¿Qué es un juzgado popular? ¿Cómo funciona?

En el día de ayer, numerosos titulares inundaban el caso Marta con el término “jurado popular”, pero…¿qué es? ¿cómo funciona y quién lo forma?

El jurado popular es una institución democrática que entró en vigor el 23 de noviembre de 1995 y que les da la oportunidad a los ciudadanos ajenos al derecho a ejercer en la Administración de Justicia. Para formar parte de dicho juzgado no hace falta tener experiencia y saber de leyes.

Los jurados populares se designan entre todos los ciudadanos mayores de 18 años de nacionalidad española que se encuentren en situación de pleno ejercicio de los derechos civiles. Los miembros que componen el jurado son elegidos por sorteo entre los empadronados en Sevilla y su provincia, ya que los jurados populares deben estar formado por personas que vivan en la misma provincia en la que se ha cometido el delito.

El juzgado popular en nuestro país está formado por 11 ciudadanos, nueve titulares y dos suplentes y se llevan a cabo cuando hay que enjuiciar a una persona si la acusación contra ella es por homicidio o asesinato –como en el caso Marta- coacciones, malversación de caudales públicos, allanamiento de morada, cohecho, infidelidad en la custodia de documentos o incendio.

En los juzgados se suelen evitar los juicios con jurado popular, puesto que son “costosos y largos” y porque determinados delitos son complejos de explicar a ciudadanos ajenos al derecho, según recoge la versión digital de El País, que continúa expresando que actualmente este tipo de juicios se han reducido en un 60% desde 1998.

Según el citado diario nacional, un fiscal de Madrid explicó que “no tiene sentido movilizar a 36 ciudadanos, de los que luego se seleccionan 11 para juzgar, por ejemplo, un allanamiento de morada”. Así, explica que, «un 88 por ciento de los casos sobre los que se pronunció el tribunal de ciudadanos finalizó con una sentencia condenatoria”.

¿Nueva novia de Miguel?

El principal imputado en el caso, Miguel Carcaño, podría mantener desde la cárcel una relación con una “admiradora” que le ha mandado cartas a la prisión de Morón de la Frontera donde se encuentra.

Desde que Carcaño entrara en prisión el pasado mes de febrero, no ha parado de recibir misivas de varias admiradoras, algunas incluso incluyendo regalos para el asesino confeso de Marta del Castillo y expresando que estaban enamoradas de él, según recoge ABC Sevilla.

Aunque Miguel recibe muchas cartas, es con una de esas “admiradoras” con quien se cartea y tiene conversaciones telefónicas y de la que incluso presume en la cárcel. Aunque Carcaño solicitó un encuentro con la joven en el locutorio de la prisión, éste le fue denegado.

Con quien si se ha reunido ha sido con Soledad, la madre de su última novia, Rocío, la menor de Camas con la que se encontraba cuando se produjo el crimen de Marta.

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