Aeropuerto de Sevilla. / SA.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la novena prórroga para la limitación de las entradas de los vuelos de Brasil y Sudáfrica en aeropuertos españoles. La medida entrará en vigor desde las 00:00 horas del día 8 de junio hasta las 00:00 horas del 22 de junio de 2021.

Desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España ocupados por ciudadanos españoles, andorranos, residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen, con escala inferior a 24 horas, sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español. Estas restricciones no afectan al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.  

Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado. Entre ellos, servicios de búsqueda y salvamento, vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia. 

Se considera que, a pesar de que el contagio entre países se puede reducir con las medidas aplicadas al llegar a España, ello no obsta para continuar extremando las precauciones ante el potencial de propagación de las variantes brasileña y sudafricana del virus. En todo caso, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, por razones justificadas, dichas limitaciones.

Acción decidida del Gobierno por la salud y la seguridad

El acuerdo se encuadra en la acción del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos. Adicionalmente, están en línea con el objetivo establecido por el Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud y por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades de interrumpir la propagación del virus.

Prórroga de cuarentena obligatoria para los pasajeros de India

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes segunda prórroga de la cuarentena a la que deben someterse las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en India a cualquier, con o sin  escalas intermedias. 

La Orden producirá efectos desde las 00:00 horas del 13 de  junio de 2021 por un periodo inicial de catorce días naturales, pudiendo ser prorrogada. Los viajeros deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su  legada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo. Este periodo podrá persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección aguda con resultado negativo.