La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha inadmitido a trámite la querella interpuesta contra la magistrada Mercedes Alaya por supuesto delito continuado de prevaricación.

La Sala entiende que no existen indicios suficientes que permitan considerar la existencia de un delito continuado de prevaricación judicial en las distintas resoluciones dictadas por la magistrada cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

La resolución señala que “el modelo de actuación procesal adoptado no era el único que podía seguirse, pero como indica el Ministerio Fiscal en su informe, ello no implica que las resoluciones adoptadas en tal sentido por la Sra. Juez, deban entenderse, cuando tales decisiones contrarían los intereses de la querellante, como resoluciones prevaricadoras”, ya que no puede apreciarse prevaricación cuando el titular del órgano jurisdiccional se decanta por alguna de las opciones que ofrece el ordenamiento jurídico.

La Sala concluye que las resoluciones adoptadas por la Magistrada no eran prevaricadoras, tan sólo demuestran “la existencia de una larga controversia judicial, en la que ha habido decisiones judiciales, algunas de ellas corregidas vía recurso, pero en todo caso dictadas conforme a una determinada interpretación de la norma aplicable en cada caso y que en manera alguna pueden ser consideradas como arbitrarias o ilícitas”.