joquin-ferrera-7-julio-de-2016

Hasta no hace mucho, la edad de consentimiento sexual en España se situaba en 13 años. Esta edad era muy inferior a la de los restantes países europeos y una de las más bajas del mundo.

Por ello, el Comité de la Organización de las Naciones Unidas sobre Derechos del Niño sugirió una reforma del Código Penal español para elevar la edad del consentimiento sexual, adecuándose a las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de la Infancia. Se pretendía mejorar la protección que España ofrece a los menores, sobre todo en lo que concierne a la lucha contra la prostitución infantil, y así se ha dispuesto. La nueva edad de consentimiento sexual en España se ha establecido en el nuevo Código Penal en los 16 años.

Actualmente, el límite de edad a partir del que un menor puede consentir una relación sexual con un adulto, tal y como queda definido en la nueva reforma del Código Penal, son los 16 años. Por tanto, por debajo de esa edad un adulto podrá ser procesado por delito de abusos sexuales aunque la relación hubiera sido consentida por el adolescente, con una pena de entre dos y seis años de cárcel. Así, será considerado como delito, en todo caso, la realización de actos de carácter sexual con menores de 16 años.

La única excepción a esta edad de consentimiento sexual será en el caso de que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor, por edad y grado de desarrollo o madurez.

La discusión sobre a partir de qué edad un chico o una chica es lo suficientemente maduro para permitir una relación sexual sana y libre, sin que medie un abuso de poder por parte de un adulto, es compleja. En los países de nuestro entorno oscila entre los 15 y los 16 años, aunque establecer un margen rígido conlleva problemas.

Una de las contradicciones resultantes de la aprobación del nuevo Código Penal reside en la edad mínima para contraer matrimonio en España, los 14 años. Es decir, si un menor puede contraer matrimonio con 14 años y la edad de consentimiento sexual es a los 16 años, ¿qué hacen esos dos años?. Esta cuestión fue planteada por una diputada del Congreso de los Diputados. Por tanto, es más que lógico que la edad para contraer matrimonio haya que modificarla también.

Otra cuestión que hay que tener en cuenta, y que está relacionada con este tema, es la edad de inicio de las relaciones sexuales. Las encuestas oficiales evidencian que la primera relación sexual en España se ha adelantado en los últimos años. La Encuesta de Salud y Hábitos Sexuales así lo evidencia.

Al respecto, aunque son los chicos los que se inician en el sexo antes que ellas, es más habitual que las chicas tengan su primera relación con personas que las superan en edad. Por tanto, podemos estar ante una multitud de situaciones donde valorar si las relaciones sexuales de menores por debajo de los 16 años pueden ser constitutivas de delito o entran dentro de la excepción legal dispuesta.

En todo caso, lo que sí es cierto es que muchos colectivos profesionales, opinamos que en el debate acerca de la edad de consentimiento sexual se ha obviado lo más importante, la educación sexual. Por tanto, la única solución que se ha dado ha sido “la prohibición”. Ya sabemos que, habitualmente, si se prohíbe algo y la medida no se acompaña de aspectos preventivos y educativos, la medida impuesta sirve de poco.

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One reply on “Edad de consentimiento sexual”

  1. Entre el año 2008 con la ley a 13 años y el año 2018 con la ley a 16, hemos pasado desde hace 200 niños desaparecido hasta 3000 actualmente. En Bruselas, la ley siempre ha sido 16. Son mucho niños de 13 que pensan hacer un liceo Columbine comó en America. Ahora va a venir en España.

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