Juzgado de lo Mercantil de Sevilla
Juzgado de lo Mercantil de Sevilla

Un autónomo sevillano ha conseguido el perdón de una deuda de 147.716, que correspondía a 41 créditos que acumuló como socio de un negocio.

El protagonista de este caso es socio de una empresa de muebles. Con la llegada de la pandemia, la facturación de la sociedad comenzó a bajar de una manera desmesurada conllevando una bajada en la obtención de ingresos. Fue entonces cuando la sociedad tuvo que aplazar una multitud de pagos a diferentes acreedores.

Para más inri, el deudor se encuentra en una situación de baja laboral, por lo que los ingresos que percibe se han reducido aún más, siéndole imposible abordar el pago a los acreedores. Comentaba el deudor «Los embargos llegaban uno tras otro, llegué a perder la cuenta del número de acreedores que tenía».

Tras intentar negociar por su cuenta con los bancos y demás acreedores sin éxito, acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados de esta entidad de ámbito de actuación nacional estudiaron su situación y le animaron a comenzar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad.

Solo con empezar el proceso ya obtuvo un respiro económico importante: la paralización de cualquier pago por los préstamos y tarjetas, así como del devengo de intereses. Además, cualquier ejecución o embargo quedaba en suspenso hasta que el caso se resolviera. Otra ventaja que no debe pasar por alto es que cesó considerablemente el acoso de los acreedores, permitiendo una mejora en la salud del asociado.

Una vez iniciado y conseguido lo expuesto, se solicitó al Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla que se exonerara el 100% de las obligaciones pendientes del deudor; lo cual fue aceptado permitiéndole una segunda oportunidad y comenzar de cero sin lastres financieros.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva el 19 de enero de 2024 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 147.716, 55 euros.

Con esta sentencia los acreedores del concursado -entre ellos Wizink, Naturgy o BBVA- no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos al ya ex-deudor.