Ficus de San Jacinto, talado / SA
Ficus de San Jacinto, talado / SA

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Gerencia de Urbanismo, ha suscrito este martes el convenio para la cesión gratuita con carácter temporal del uso del compás de San Jacinto para su destino al uso público y su adecuada conservación, en especial, la del ficus cuya tala fue paralizada por un juez.

El teniente de alcalde delegado de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda, Identidad Urbana y Edificios Municipales, Juan de la Rosa, y el administrador de la Orden de Predicadores (Dominicos) Provincia de Hispania, Hilario Provecho, han firmado el convenio en las oficinas de la Gerencia de Urbanismo. También han estado presentes en la firma Fernando Vázquez, Gerente de Urbanismo, fray Javier Rodríguez, párroco de San Jacinto, y Pedro Ruiz, asesor jurídico de la Orden.

Con esta firma, «se concluyen los trámites administrativos necesarios para poder formalizar la cesión del espacio», tras el anuncio del alcalde de Sevilla, José Luis Sanz, el pasado 15 de agosto, de la intención del Ayuntamiento de hacerse cargo de la conservación y mantenimiento del ficus de San Jacinto, ha apuntado el Consistorio en una nota de prensa.

Prevista la cesión permanente al Ayuntamiento

En virtud de dicho acuerdo, el convenio tendrá una duración de 25 años, aunque en el mismo se prevé el inicio del expediente administrativo para la obtención, por parte del Ayuntamiento, de la titularidad del espacio a título gratuito y con carácter permanente. Mientras tanto, una vez que entre en vigor el presente convenio, el compás de la iglesia parroquial de San Jacinto tendrá garantizado su uso público en el horario de apertura diario establecido.

Éste comprende desde las 10,00 hasta las 21,00 horas durante los meses de octubre a mayo, ampliándose una hora más, hasta las 22,00 de la noche, de junio a septiembre. En todo momento, el Ayuntamiento de Sevilla, que podrá organizar y autorizar el desarrollo de actividades en este espacio de uso público, velará por que dichos actos sean «compatibles con la actividad religiosa del templo, en virtud de los preceptos, valores, principios y libertades fundamentales recogidas por la Constitución española, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Declaración Universal de los Derechos Humanos».