Desde la Gerencia de Urbanismo, el equipo de gobierno municipal mantiene que continuarán las obras de la construcción de la nueva biblioteca de la US en los Jardines del Prado hasta que el Supremo resuelva el recurso de casación que la Junta presentará en las próximas horas. La sentencia del TSJA, adelantada ayer por Sevilla Actualidad, anula las “determinaciones” del PGOU de 2006 que califican la zona como suelo educativo.

Sevilla Actualidad. Urbanismo y Universidad de Sevilla seguirán adelante con las obras de la biblioteca del Prado a pesar de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía –TSJA- dada a conocer ayer y por la que se anulan las “determinaciones” del Plan General de Ordenación Urbana –PGOU- de 2006 que califican como suelo de uso educativo los terrenos en los que se construye.

Según adelantaba ayer Sevilla Actualidad tras tener acceso a la sentencia, el Tribunal anula «la determinación de la construcción» de la nueva biblioteca central de la Universidad de Sevilla en función del recurso administrativo formulado contra dicha calificación del suelo por la comunidad de propietarios del número nueve de la calle Diego de Riaño.

Nada más conocer la resolución del TSJA, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla anunció que no paralizará las obras promovidas por la Hispalense en adhesión a la decisión de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio que avanzó que recurrirá ante el Tribunal Supremo –TS- este fallo. A ella se podría sumar el recurso de casación que también estudian presentar los servicios jurídicos de la US, según informa Europa Press.

 “Sorpresa” en la Gerencia de Urbanismo. Según ha reconocido el gerente de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, Miguel Ángel Millán, la sentencia del Alto Tribunal andaluz ha generado «sorpresa» en su departamento municipal. Sin embargo, insiste en recordar la «capacidad de la administración local para planificar de manera justificada», toda vez que dicho fallo judicial considera «no justificada o motivada» la nueva calificación de los suelos del frente oriental de los jardines del Prado de San Sebastián, porque el uso educativo, según el tribunal, «no compadece las exigencias de protección del medio ambiente de la Constitución Española».

Millán defiende la «voluntad planificadora» de la que goza el Ayuntamiento como administración local y, aunque mostró su «respeto» por la sentencia, reconoció que el Consistorio «no la comparte». Así, advirtió de que el fallo es «perfectamente recurrible» y, como tal, «nos adherimos» a la decisión adoptada por el consejero del ramo, Juan Espadas, si bien aclaró que los servicios jurídicos del Ayuntamiento aún deben determinar si formular un recurso de casación individual o adherirse a las acciones judiciales que inicie la Administración autonómica.

En cuanto al destino inmediato del proyecto en sí, Miguel Ángel Millán advierte de que la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA «en ningún caso ha dicho que se tenga que suspender la obra», pues «anula el planeamiento, pero no es una sentencia firme». La paralización de las obras, iniciadas hace meses, corresponde según dijo «a la Universidad de Sevilla», a cuyos designios se adhiere también la Gerencia de Urbanismo.

Espadas: “La sentencia discute la capacidad del Ayuntamiento en su potestad urbanística”. Por su parte, el consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Espadas, entiende que, al no ser firme la sentencia, «no es posible una ejecución inmediata de la misma», por lo que de momento «no se van a paralizar las obras, algo que en cualquier caso corresponde al Ayuntamiento de Sevilla».

Espadas llamó la atención sobre cómo la sentencia plantea discutir la capacidad del ayuntamiento «en el ejercicio de potestades básicas para un ayuntamiento como es la potestad urbanística». Así, apunta que la sentencia argumenta que «no es válida la aprobación del PGOU en lo relativo al cambio de calificación de una zona que en el anterior aparecía como parque público y que se cambie una parte y se califique como complejo educativo, para una biblioteca”

Algo que, según opina, «sería asumir que un ayuntamiento no tiene capacidad de cambiar en un plan de ordenación urbana la determinaciones de un plan anterior». «Una limitación en las potestades claramente municipales de planeamiento urbanístico que no comparto como consejero», subraya.

 “Distonía” con el PGOU de 1987

Como informó en el mediodía de ayer Sevilla Actualidad, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado las «determinaciones» del Plan General de Ordenación Urbana –PGOU- de Sevilla aprobado en 2006 correspondientes a la calificación del frente oriental de los jardines del Prado de San Sebastián como equipamiento de uso educativo, anulando, por ende, «la determinación de la construcción» de la nueva biblioteca central de la Universidad de Sevilla en función del recurso administrativo formulado contra dicha calificación del suelo por la comunidad de propietarios del número nueve de la calle Diego de Riaño.

La sentencia, emitida el pasado 4 de junio por la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal andaluz, estima «sustancialmente» el recurso contencioso administrativo impulsado por la comunidad de propietarios del número nueve de la calle Diego de Riaño contra la resolución que el 19 de julio de 2006 firmó la por entonces consejera de Obras Públicas y Transportes, Concepción Gutiérrez del Castillo, para aprobar definitivamente el nuevo PGOU de Sevilla, instrumento de planeamiento que calificaba un espacio de 3.915 metros cuadrados de dicho parque público como «equipamiento educativo».

Tal calificación, según ha considerado el tribunal, constituye una «distonía» con los preceptos del anterior planeamiento urbano de 1987 para «recuperar» el Prado de San Sebastián para «uso y disfrute de los ciudadanos», toda vez que el Plan Especial redactado en 1994 para el sector 21 del Prado de San Sebastián considera como «parque central» estos suelos, concretamente bajo la disposición V2, que delimita «espacios libres ajardinados o forestados con incidencia importante en la forma, calidad y salubridad de la ciudad», un instrumento de calificación este último que según el TSJA «ha sido derogado» para permitir «una nueva calificación que no puede considerarse justificada».

En concreto, el PGOU de 1987 contemplaba la calificación de los suelos del Prado de San Sebastián como «parque central» en su tipología V-2, estipulando para ello la creación de un Plan Especial que, de hecho, fue aprobado el 28 de septiembre de 1994 imponiendo a estos terrenos la citada catalogación V-2, que como «espacio libre ajardinado o forestado» sólo admite el «uso pormenorizado» para «servicios de interés público y social, deportivo y comercial en pequeños quioscos para prensa, información, servicios, bares, etc».

Vecinos y oposición aplauden la decisión del TSJA

Zoido: “Ahora tenemos un agujero en medio del parque”. Siguiendo con las reacciones, el portavoz del Grupo Popular del Ayuntamiento de Sevilla, Juan Ignacio Zoido, instó, nada más conocer la sentencia, al alcalde de Sevilla, Alfredo Sánchez Monteseirín, a que acate lo dicho por el TSJA.

En un comunicado, Zoido mantiene que la sentencia confirma lo que el Grupo Popular ha mantenido desde que tuvo acceso al expediente de concesión de licencia, que demostraba el «riesgo innecesario de ejecutar este proyecto en esa parcela sin seguir el procedimiento habitual de concesión de licencia y sin esperar el fallo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía», que ahora paraliza la obra.

Según recuerdan los populares sevillanos, esta licencia fue otorgada por la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo formada por miembros del equipo de gobierno y «sin los parabienes habituales de los funcionarios de este organismo autónomo». De hecho, «ningún funcionario quiso firmar la concesión de esta licencia por las dudas más que razonables de tipo legal que planteaba esta operación».

Zoido quiso recordar que el gobierno recurrió a un informe «ad hoc» emitido por el secretario del Ayuntamiento, que daba «vía libre para seguir adelante con sus planes sin la firma de los funcionarios, pero que recogía la posibilidad de que fuera susceptible de ser discutida desde otra perspectiva judicial». Dicho informe «fue el único aval para Monteserín para seguir adelante con lo permisos para la construcción de la biblioteca que hoy se anula».

«Ni Chaves ni Monteserín quisieron escuchar las alertas del portavoz del Grupo Popular que hoy se demuestran que eran no sólo coherentes sino muy necesarias», señaló Zoido, quien aseguró que «si me hubieran escuchado, si hubieran parado y no iniciado la obra hasta conocer esta sentencia, hoy no estaríamos con un agujero en medio de un parque, con 100 árboles retirados y mucho tiempo».

Vecinos: “El daño ya está hecho”. Mientras tanto, los vecinos de la zona del Prado de San Sebastián de Sevilla han asegurado que acogen con «satisfacción» el fallo del Alto Tribunal andaluz pero piden responsabilidades, puesto que, para ellos, «el daño ya está hecho».

El presidente de la asociación de vecinos ‘Huerta de la Salud’, José Miguel González Cruz, explicó que la sentencia ha «sorprendido» a los residentes, si bien «era de esperar», ya que «teníamos presente que el sentido común y la razón estaban de nuestra parte, y aunque con éstos no se juzga, también había argumentos legales suficientes y de derecho para ello».

«No ha sido un mero contencioso entre una asociación y el Ayuntamiento», remarcó González Cruz, en alusión a que existen hasta nueve contenciosos interpuestos por el propio colectivo vecinal o ocho comunidades de vecinos, así como el apoyo de «una parte importante de la sociedad civil».

El presidente de ‘Huerta de la Salud’ mostró su alegría de forma templada al aseverar que «nosotros no queríamos llegar a esto». «Desgraciadamente –agregó- nunca hemos tenido diálogo, existiendo en todo momento cierto empecinamiento por parte del Consistorio y la Universidad de Sevilla para construirla en este lugar, a pesar de que había solares libres de arboleda como sitios alternativos más razonables y donde no había daño ambiental». De hecho, las instituciones, a juicio de González Cruz, actuaron de forma «imprudente» al conceder licencias e iniciar la obra.

Por todo ello, el líder vecinal mostró su contento por el hecho de que «la justicia prevalezca y se imponga el sentido común y la razón», puesto que si los Jardines del Prado, «creados como un microclima necesario para la ciudad», hubieran desaparecido, «se habría creado un gravísimo precedente de convertir zona verde en hormigón».

Bajo el argumento de defender «un bien general frente a un bien privado», González Cruz apostilló que, a expensas de desconocer los próximos movimientos, «es importante, aunque al final la obra no se pare, que nos hayan dado la razón».

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Licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, empezó en la comunicación local y actualmente trabaja para laSexta. Máster en Gestión Estratégica e Innovación en Comunicación, es miembro...