La Audiencia Provincial ha condenado a 17 años de cárcel por un delito de asesinato al hombre acusado de degollar con un hacha a su esposa en 2013 en la vivienda de ambos en Écija.

En la sentencia, de la que informan agencias, la Audiencia Provincial condena al acusado, por un delito de asesinato con las atenuantes por ideación delirante celotípica y consumo perjudicial de drogas, a 17 años de prisión, al pago de una indemnización de 109.666,87 euros a los tres hijos de la pareja y al Estado, y a 23 años de prohibición de acercarse a menos de 500 metros de sus hijos.

La sentencia se conoce después de que, el 24 de junio, un jurado popular declarase culpable por unanimidad al hombre, tras lo que la Fiscalía mantuvo su petición de 18 años de cárcel para el acusado, mientras que la acusación particular que ejercen los tres hijos de la pareja disminuyó de 25 a 20 años su solicitud de prisión y el abogado de la defensa interesó que se le impusiera una pena máxima de 15 años.

A la hora de establecer la pena, que en un delito de asesinato va de 15 a 20 años de prisión, la Audiencia argumenta que en este caso, «después de compensar racionalmente la agravante y la atenuante, persiste el desvalor de la agravante de parentesco, derivado de la mayor entidad del mandato que impide cualquier clase de maltrato a los familiares, así como la mayor relevancia de los efectos psíquicos sobre los hijos de la víctima y del acusado, pues no es lo mismo que a su madre la matara un extraño, a que lo haya hecho su padre».

Ello, unido a la «falta de arrepentimiento» por parte del acusado, lleva a la Audiencia a condenarlo a 17 años de cárcel, aunque no le impone la prohibición de acudir a la localidad de Écija, solicitada por la acusación particular, pues «no consta que el acusado represente un peligro para sus hijos», imponiéndole por contra la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de ellos durante 23 años.

La Audiencia condena al imputado a pagar una indemnización total de 109.666,87 euros, de los que 58.545,91 euros serán para sus tres hijos, a los que ha causado «unos evidentes daños, sobre todo morales», y el resto -51.120,96 euros- para el Estado, que abonó dicha cantidad en concepto de ayuda provisional a los hijos de la fallecida.