La juez Mercedes Alaya también investigará las irregularidades detectadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía en las subvenciones recibidas por la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) para cursos de formación a parados.

La Fiscalía de Sevilla ha anunciado que deriva a los juzgados de instrucción números 6 y 9, las investigaciones sobre las irregularidades cometidas en las ayudas a los cursos de formación que fueron detectadas por la Cámara de Cuenta, informan agencias.

Una vez recibido el decreto dictado por la Fiscalía Superior de Andalucía, la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha dictado a su vez un decreto en el que acuerda remitir esta investigación a la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, cuya titular es la jueza Mercedes Alaya.

Segarra ha distribuido entre los juzgados de instrucción 6 y 9 de Sevilla las investigaciones que abrió la fiscalía superior andaluza por distintas ayudas a la formación para el empleo.

Dado que la juez Alaya ya investiga los ERE financiados por la Junta y los cursos de formación organizados por el imputado Juan Lanzas, la fiscalía entiende que también debe investigar los 49,5 millones de euros que recibió la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) en los años 2009 y 2010.

La Cámara de Cuentas detectó irregularidades

En el informe ‘Fiscalización de subvenciones del Servicio Andaluz de Empleo para la formación profesional para el empleo y seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de 2004’, la Cámara de Cuentas incluye la detección de numerosas irregularidades, entre ellas la concesión de ayudas por casi 49 millones de euros sin «justificación alguna».

Así, según la Cámara, en ciertos casos «podrían derivarse responsabilidades administrativas y contables» debido a «los cursos para desempleados no incluidos en el fichero; la aprobación de modificaciones de las resoluciones de concesión por un órgano no competente; la concesión de ayudas por encima del importe máximo permitido; la imputación como subvencionables de gastos no elegibles, la no exigencia de intereses de demora en casos de reintegro; la ausencia de justificación en las subvenciones nominativas a la Faffe; y, la declaración de excepcionalidad, el incumplimiento de requisitos para la subcontratación, y la falta de justificación de la subvención excepcional a la Faffe».

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