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Martínez Aguayo y Ávila han acordado la puesta en marcha de este instrumento, cuyos incentivos se dirigen a firmas viables con dificultades coyunturales.

La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo, y el consejero de Economía, Innovación y Ciencia, Antonio Ávila, han firmado esta mañana el convenio de colaboración por el que se pone en marcha el Fondo para la Reestructuración Financiera de las Empresas, que dota de 70 millones de euros la convocatoria de la Orden de Empresas Viables con Dificultades Coyunturales y modifica la Orden de 5 de noviembre de 2008. La nueva convocatoria se enmarca en el VII Acuerdo de Concertación Social.

A esta nueva convocatoria pueden acogerse aquellas empresas con sede social efectiva de su actividad o establecimiento operativo principal en Andalucía que, siendo viables desde el punto de vista empresarial, están en situación de crisis coyuntural y estén dispuestas a adoptar las medidas necesarias para superarla, o aquellas empresas que, no encontrándose en crisis, están afectadas por la escasez o indisponibilidad crediticia como consecuencia de la contracción del crédito.

Estas ayudas, gestionadas por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), se dividen en dos grandes bloques: Ayudas de Salvamento y Reestructuración y Ayudas Temporales.

Las de Salvamento tienen como objetivo prestar la liquidez necesaria para garantizar el funcionamiento de una empresa hasta que se analice su situación y se elabore el correspondiente plan de reestructuración en el plazo máximo de seis meses. Los instrumentos previstos para ello serán avales de hasta el 80% del principal y en condiciones habituales de mercado y préstamos a tipo de interés de mercado, con un plazo máximo de resolución de un mes desde la correcta presentación de la documentación.

Por su parte, las ayudas de Reestructuración se centran en hacer posible que la empresa recupere su posición de mercado y por, tanto, su competitividad y su viabilidad a largo plazo. En este caso, el plazo máximo de resolución es de dos meses, igualmente desde la correcta presentación de la documentación, y los instrumentos incluyen avales de hasta el 80% del principal en las condiciones habituales de mercado, con una duración máxima de 10 años y un periodo de carencia de tres años y préstamos a tipos de interés de mercado en un plazo no superior a la vigencia del Plan de Reestructuración de la empresa.

Por otro lado, estas ayudas de Salvamento y Reestructuración no estás limitadas por el tamaño de las empresas, si bien, en el caso de las grandes empresas, el plan de reestructuración así como las ayudas deberán ser autorizadas por la Comisión Europea.

Igualmente, para acceder a las ayudas de Salvamento y Reestructuración, las empresas beneficiarias deben responder a la definición de ‘empresas en crisis’ establecida por la Comisión Europea, además de mostrar su compromiso de adoptar las medidas necesarias para superar las dificultades. Se incluyen en esta definición aquellas sociedades que presentan condiciones como la imposibilidad de hacer frente a pérdidas mediante recursos propios con riesgo de su desaparición económica; la pérdida de más de la mitad de su capital o de fondos propios; la disminución del volumen de negocios y del margen bruto de autofinanciación, el endeudamiento creciente, o el debilitamiento o desaparición de su activo neto.

Prórroga de ayudas

Además, la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia prorroga las Ayudas Temporales de Garantías a Empresas con Dificultades Crediticias con las condiciones autorizadas en el nuevo marco temporal de 11 de enero de 2011, que están destinadas exclusivamente a pymes que estén afectadas por la escasez o indisponibilidad crediticia como consecuencia de la contracción del crédito y que no se encuentran en crisis, con arreglo a las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas.

En este caso, la ayuda será en forma de aval con las garantías suficientes para cubrir el riesgo de la operación, con un máximo de hasta el 80% del principal, y el importe máximo del préstamo garantizado no podrá superar el total de los costes salariales anuales del beneficiario, incluidas las cargas sociales para 2010.

El régimen de ayudas temporales de garantías públicas para facilitar a las empresas el acceso a la financiación ha sido autorizado el día 1 de junio de 2011 por la Comisión Europea, lo que habilitará la publicación por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía de su convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA), permitiéndose así el acceso a todas las ayudas establecidas en esta Orden.

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Licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, empezó en la comunicación local y actualmente trabaja para laSexta. Máster en Gestión Estratégica e Innovación en Comunicación, es miembro...