La nueva normativa de veladores del Ayuntamiento de Sevilla establece que los bares que sean multados con dos sanciones graves por incumplimiento de la licencia, la perderán e incluso podrían no volver a tenerla. Las sanciones del nuevo texto, abierto desde este lunes a audiencia pública, oscilan entre los 300 euros (faltas leves) a los 120.000 euros en caso de las muy graves. Si los incumplimientos son «reiterados», el Ayuntamiento los comunicará a la Fiscalía de Medio Ambiente.

Además, el borrador, «muy trabajado» y que persigue «al máximo» recoger «todas las sensibilidades» de la ciudad (desde los vecinos al sector hostelero), apuesta por mantener las plataformas en la calzada para la instalación de terrazas con mesas y sillas. En la ciudad, hay 50 de estas plataformas y 25 veladores cruzando la calzada, según los datos ofrecidos por el delegado de Urbanismo, Juan de la Rosa (PP), en una rueda de prensa.

El responsable municipal ha defendido que estas plataformas autorizadas con motivo de la pandemia generan «más beneficios que perjuicios», ya que «los veladores están más controlados» al estar en un espacio acotado. Además, según De la Rosa, «no son muchas las denuncias que han llegado a la Gerencia de Urbanismo» relacionadas con estas plataformas.

Finalmente, la Mesa de Veladores ha acordado que no haya en la ordenanza un listado de bares singulares a los que permitir el consumo de alcohol en la calle teniendo en cuenta que sus características no les permite instalar veladores. El delegado de Urbanismo ha explicado que el borrador de la nueva norma apuesta por un «anexo vivo» que se irá actualizando todos los años en el que, según criterios de antigüedad y «relevancia en la cultura» de la ciudad, se irán estableciendo cuáles son esos bares «singulares».

Eso sí, en estos establecimientos, se pondrá consumir alcohol en la calle de 13:00 a 15:00 horas y de 20:00 a 23:00. A los locales de ocio y restauración con música y sin música, se le sumarán las heladerías como los únicos comercios que podrán instalar veladores. Ni freidurías ni panaderías podrán hacerlo, por contra. Las licencias a todos ellos se les darán por un plazo de tres años y para ella hay que cumplir una serie de requisitos y obligaciones.

Entre esas obligaciones, el delegado de Urbanismo ha destacado mantener en condiciones las terrazas (ceniceros, papeleras); retirar el mobiliario diariamente una vez se cierre el local; montar las terrazas sin molestar a los vecinos por lo que «se prohíbe arrastrar» sillas, parasoles y mesas; y mantener una estética en cuanto a formas y colores, especialmente en el Casco Histórico.

Igualmente, quedan vetados los veladores «adosados» a edificios Bien de Interés Cultural (BIC) (caso de Santa Catalina) o con nivel de protección patrimonial A y B. Los establecimientos tendrán que cerrar a la 01:00 y en las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), a las 00:00 horas. Sólo en festivos, previas de festivos, Semana Santa, Feria y Navidad el horario será hasta las 02:00 horas y hasta la 01:00 en el caso de los bares ubicados en ZAS. El delegado de Urbanismo ha aclarado que los establecimientos tendrán un periodo transitorio para poder adaptarse a la nueva norma.