TJSA
Tribunal Superior de Justicia Andaluz / Google Maps

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia de la Audiencia de Sevilla que condena a un varón de 57 años a once años de cárcel por un «delito continuado de abuso sexual agravado por acceso carnal y prevalimiento de relación de superioridad» cometido sobre la hija menor de edad de su pareja sentimental.

En la sentencia, emitida el pasado día 29 de septiembre de 2022, el TSJA valora el recurso de apelación del acusado para, finalmente, confirmar de forma completa la valoración de la Audiencia de Sevilla y los once años de cárcel.

En la nueva sentencia, se considera probado que el acusado inició en el año 2011 una relación de pareja estable con una mujer con la que convivía, en compañía de la hija de esta que contaba en aquel momento con 11 años.

«El acusado aprovechó la ascendencia que sobre ella le procuraba esa relación de convivencia, como pareja estable de su madre, para someter a la menor, en múltiples ocasiones, a diversos tocamientos y actos lúbricos», afirma la sentencia.

También se recoge que «cuando la menor tenía una edad próxima a los 12 años de edad y continuaron con gran frecuencia, de forma sistemática, hasta que aquélla cumplió 16 años y se interpuso la denuncia inicial de este procedimiento».

«Entre finales de 2011 y el año 2012, cuando la familia vivía en la localidad de XXX y la menor, por tanto, estaba en la frontera de los doce años de edad, el acusado aprovechaba las ocasiones en que quedaba a solas con la menor para someterla a tocamientos y a conductas sexuales», indica la sentencia, y continúa afirmando que «uno de los momentos propicios se producía cuando el acusado sacaba a pasear por el campo al perro de la familia y se hacía acompañar de la menor, lo que hacía con frecuencia. En esas situaciones, a solas con la menor y guiado por el ánimo de satisfacer sus instintos sexuales», tras lo cual conseguía que la menor accediera a sus deseos.

El texto también refleja que en el año 2012, cuando la menor tenía 12 años de edad, la familia se trasladó a vivir a una urbanización hasta el año 2016. «Durante esos años, el acusado reiteró sistemáticamente similares comportamientos. Así, en varias ocasiones llevó a la menor hasta una casa abandonada en las inmediaciones de la vivienda familiar», donde se producía contacto sexual «tumbados sobre cartones en el suelo».

El funeral de su padre

En agosto de 2016, acusado, víctima y la madre de ella asistieron al funeral por el fallecimiento del padre del acusado, «quedándose unos días en casa de la madre de este. Uno de esos días, el acusado llevó a la menor a un campo donde se bajó los pantalones» y ante el dolor vaginal de la víctima practicaron sexo oral mutuo.

En octubre de ese mismo año 2016, tal como declaran los hechos probados, la madre de la víctima y esta se trasladaron definitivamente a otro lugar al concluir la relación sentimental con el acusado.