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Juzgados de Sevilla/ SA

Por ello, la juez señala que debe reformarse el auto  de 30 de julio de 2015, en su aclaración y complemento, ya que no tiene sentido estar a lo que resulte de otras piezas en las que el investigado no sería parte.

La juez del Juzgado número 6 de Sevilla María Núñez Bolaños acuerda que se desgajarán en un futuro nuevas piezas para su enjuiciamiento -cuyo diseño se realizará en atención al contenido de las sentencias que se dicten por la Audiencia Provincial en ‘Procedimiento Específico’ y ‘Sobrecomisiones’-,  no siendo necesario esperar a la resolución de las cuatro que se desglosaron en la pieza del auto de división de la macrocausa (la del grupo encabezado por José Enrique Rosendo y José María Sayago,  y las corrrespondientes a las firmas Acyco, Surcolor y Cenforpre).

De este modo, la juez estima parcialmente el recurso de la propietaria del restaurante Riogrande Sevilla SL contra la resolución de fecha 30 de julio de 2015 (aclarada /completada por auto de 9 de noviembre de 2015).

Por ello, la juez señala que debe reformarse el auto  de 30 de julio de 2015, en su aclaración y complemento, ya que no tiene sentido estar a lo que resulte de otras piezas en las que el investigado no sería parte y, en este sentido, esperar a las sentencias de las piezas de empresas causaría una dilación indebida e injustificada».