Los magistrados que resuelven los recursos, «preocupados» por la incoporación de Alaya

El TSJA ha aprobado la composición de las secciones penales de la Audiencia de Sevilla y a confirmado a la juez Mercedes Alaya en la sala número 7, encargada de resolver los recursos de los ERE.

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aprobado este martes el acuerdo-propuesta presentado por el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Damián Álvarez, relativo al reparto de nuevas plazas de magistrados, y ha decidido que la juez Mercedes Alaya quede adscrita a la Sección Séptima.

En un comunicado, el TSJA ha informado de que la Sala de Gobierno ha acordado aplicar el criterio objetivo de «antigüedad escalafonal» de los solicitantes que había formulado el Presidente de la Audiencia, por lo que la composición de las distintas secciones se mantiene igual a la de la primera propuesta.

La Sala de Gobierno entiende que la nueva adscripción de magistrados responde a criterios objetivos y «no deben surgir incidencias en el normal funcionamiento de las distintas secciones penales» de la Audiencia Provincial de Sevilla, ya que, en lo sucesivo, todas contarán con cinco magistrados, por lo que «no se plantean dificultades prácticas a efectos de deliberación, votación y composición a la hora de formar sala».

En este sentido, señala que sería distinto si las secciones estuvieran compuestas por sólo tres magistrados, “en cuyo caso las incidencias diarias serían mucho más evidentes y distorsionantes”. También recuerda que “la normativa procesal recoge mecanismos suficientes para que determinado Magistrado pueda apartarse del conocimiento de un concreto asunto si concurre causa legal para ello -por ejemplo la abstención-”.

Respecto de la composición de la sección séptima, la Sala de Gobierno entiende que la magistrada Mercedes Alaya sólo podría quedar adscrita a las Secciones primera o séptima, «en base a las preferencias y orden escalafonal del resto de magistrados», y ambas Secciones tienen asignado el conocimiento de recursos contra resoluciones dictadas en las denominadas ‘macrocausas’ tramitadas por el Juzgado de Instrucción número seis.

De este modo, la sección séptima resuelve los recursos del caso ERE, mientras que la Primera recibe los recursos relacionados con el caso Betis, las irregularidades en Mercasevilla, la operación ‘Madeja’, y el fraude en los cursos de formación.

En este contexto, la Sala de Gobierno dice que «es importante recordar la diferencia y separación funcional entre el conocimiento de los recursos de apelación contra resoluciones dictadas en fase de instrucción y, en su caso, el posterior enjuiciamiento de los procedimientos de que dimanan, de manera que las Secciones que conocen de aquéllos no podrán celebrar en su día el correspondiente juicio oral».

Asimismo recuerda que, como se desprende del artículo 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, «la composición de las secciones se determinará anualmente, de manera que, no siendo la misma inamovible, a principios de cada año pueden subsanarse las eventuales disfunciones que se deriven o, en su caso, atender nuevas y distintas preferencias de adscripción».