Bar Citroen /SA
Bar Citroen /SA

Un juzgado de Sevilla ha dado la razón a los propietarios del bar Citroen, ubicado en el interior del Parque de María Luisa, y éste podrá seguir con su actividad a pesar de que el Ayuntamiento de Sevilla acordó en 2014 extinguir los contratos de arrendamiento para proceder al cierre tanto de este establecimiento como del Restaurante La Raza.

Ahora, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Sevilla ha anulado la extinción decidida por el Ayuntamiento respecto a la explotación del conocido bar, de titularidad municipal, dado que «se ha extinguido directamente la concesión, sin procedimiento previo que cambie su naturaleza para posteriormente aplicar la causa de extinción», lo que deriva en una «ausencia de procedimiento, falta de las normas esenciales y consiguiente indefensión».

A través de una sentencia emitida el pasado 10 de octubre, la citada instancia judicial aborda el recurso promovido por los gestores del bar Citroen, enclavado en el entorno de la monumental Plaza de España y el parque de María Luisa, contra la decisión del Ayuntamiento de Sevilla de desestimar su recurso de reposición previo y ratificar la denegación de la suspensión del acuerdo adoptado en mayo de 2016 para extinguir la concesión relativa a la explotación de dicho espacio de titularidad municipal, bajo la premisa de que había «expirado el plazo concedido» para tal extremo.

El asunto, en ese sentido, gira en torno a la decisión del Ayuntamiento de extinguir los contratos de arrendamiento formalizados respecto a bienes municipales con anterioridad al 9 de mayo de 1985, conforme a lo recogido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Arrendamientos Urbanos, pues dicha regulación disponía la extinción de tales arrendamientos cuando los mismos se encontrasen en situación de prórroga.

Frente a dicha decisión, los gestores del conocido bar alegaban en su recurso contencioso administrativo la «improcedencia de la conversión de facto del contrato de arrendamiento» suscrito en su día a una concesión administrativa, exponiendo que «la relación existente era de naturaleza arrendataria y el Ayuntamiento, al haber convertido el alquiler en concesión, ha privado del derecho a seguir en el inmueble sin seguir procedimiento alguno para ello».

El despacho Sanguino Abogados, que ha dirigido la acción jurídica de los propietarios del bar Citroen para defender que este establecimiento no tuviera que cerrar sus puertas, recurrió ante los Tribunales la resolución dictada por el Ayuntamiento de Sevilla para extinguir los contratos de arrendamientos de los locales afectados por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos que daba una moratoria de 20 años a aquellos negocios anteriores a 1985 que siguieran con su actividad en 1994.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 5 de Sevilla anula la resolución del Ayuntamiento, da la razón a los propietario del bar Citroen y determina expresamente que no se puede aplicar la causa de extinción sobre algo que no existe aún, como es la concesión. Según la sentencia, lo que ha existido siempre entre el bar Citroen y el Ayuntamiento de Sevilla es un contrato de arrendamiento. Por ello si el Ayuntamiento quiere extinguir esta relación debe convertir previamente esta relación en una concesión, para luego poder aplicar a este establecimiento el régimen de extinción de las concesiones.

El juez también impone al Ayuntamiento el pago de las costas del procedimiento judicial.