Óptica / Archivo

El responsable de la óptica ha sido condenado a tres meses de prisión, a la inhabilitación durante el tiempo de la condena y a una indemnización de 1.500 euros.

Tras un largo proceso jurídico instado por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía (COOOA) como acusación particular, el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha dictado una sentencia firme en la que condena al gerente de un centro sanitario de óptica y optometría de Tomares por intrusismo profesional. El  condenado no contaba con la titulación universitaria necesaria para el ejercicio de la profesión de óptico-optometrista.

La sentencia indica como hecho probado que atendió personalmente, hasta el momento de la incorporación de un profesional titulado, a pacientes a quienes evaluó su capacidad visual con técnicas para las que no se hallaba habilitado, como tallado, montaje y/o adaptación de los medios para la prevención y mejora de la agudeza visual.

Como consecuencia de los hechos, el juez ha impuesto una condena al dueño titular del establecimiento de óptica como autor penalmente responsable de un delito de intrusismo, con la concurrencia de circunstancias atenuantes, de tres meses de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a la indemnización al COOOA de 1.500 euros.