sorteo-loteria-navidad

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud aconseja conservar a buen recaudo los décimos de Lotería y evitar su deterioro.

Ante la próxima celebración del sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud recomienda guardar adecuadamente los décimos o participaciones para conservarlos en buen estado y que no se deterioren, para evitar problemas a la hora de cobrar un posible premio. Además, recuerda la Consejería de Salud, es importante comprarlos siempre en lugares debidamente autorizados (Administraciones de Loterías), para evitar la posibilidad de adquirir un décimo falso que no cumpla con los elementos de seguridad, como logotipos, códigos y otros elementos de verificación.

El plazo para cobrar los premios es de 3 meses desde la celebración del sorteo. En el caso de los décimos, los premios inferiores a 2.500 euros se podrán cobrar a partir del día siguiente al sorteo en los distintos puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado, mientras que para los premios iguales o superiores a 2.500 euros, se deberá acudir a alguna de las entidades financieras habilitadas, que no podrán cobrar comisión alguna por el pago del premio. Si en lugar de décimos se tratara de participaciones, el cobro del premio deberá hacerse en la entidad emisora de las mismas.

A la hora de cobrar los premios, se debe tener en cuenta que desde enero de 2013 los premios superiores a 2.500 euros están sujetos a tributación del 20%. Dicho porcentaje se retiene al cobro del premio, por lo que no será necesario volver a incluirlo en la declaración del IRPF. No obstante, los rendimientos obtenidos con el importe del premio, así como las inversiones realizadas, sí deberán ser declarados a
Hacienda.

Si el décimo fuera compartido, recuerda Consumo, siempre es importante tomar una serie de precauciones para evitar problemas a la hora de repartir un posible premio. En este sentido, se recomienda fotocopiar el décimo por las personas no depositarias del original del mismo, así como incluir los datos y firma de las personas participantes, y la cantidad que juega cada una.

Igualmente, en el caso de que el premio fuera compartido es importante tener en cuenta que el importe exento de impuestos será calculado en función de las personas que lo comparten, aplicándose el límite exento por cada una de ellas. A la hora de proceder al cobro del premio compartido, es importante identificar a cada persona que comparte el premio para que el acto de proceder a cobrar el décimo y repartir entre las demás personas no sea considerado como una donación, que estaría sometida por lo tanto al correspondiente impuesto de donaciones.

Por otra parte, en el supuesto de que el décimo se encuentre deteriorado y haya resultado premiado, lo más aconsejable es llevarlo a una Administración de Loterías que lo remitirá a su vez al la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que lo revisará y determinará si se puede cobrar el premio. En el caso de gran deterioro será la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la que se pronuncie al respecto.

Si se ha producido el robo o extravío del décimo de lotería, se debe interponer denuncia ante la Policía Nacional, Guardia Civil o Juzgado de Guardia, exponiendo claramente los hechos, y aportando las posibles pruebas de que se disponga como pueden ser fotos del décimo o fotocopias que puedan identificar la serie, fracción y sorteo.

La Consejería recomienda desconfiar de los correos electrónicos que se pudieran recibir comunicando que se ha ganado un determinado premio, ya que se podría tratar de una estafa. En ocasiones se suplantan los logotipos y las páginas web de los organismos oficiales para dar credibilidad a estos correos, que deben ser
directamente eliminados sin acceder a ningún enlace que pudieran incluir en su contenido.