Juan José Asenjo, arzobispo de Sevilla/ Sevilla Actualidad

El decreto establece la salida de mujeres nazarenas, así cómo costaleras y acólitas.

Miguel Ángel Rodríguez. El arzobispo de Sevilla, monseñor Juan José Asenjo Pelegrina, ha promulgado esta semana un decreto por el que «determina la plena igualdad de derechos entre los miembros de las Hermandades y Cofradías de la Archidiócesis, sin que sea posible discriminación alguna en razón del sexo, incluida la participación en la estación de penitencia como acto de culto externo». Este decreto afecta directamente a las tres únicas hermandades sevillanas que todavía no contemplaban esta posibilidad: Quinta Angustia, El Silencio y Santo Entierro, así como a las del Santo Entierro y la Vera Cruz de Dos Hermanas.

Este decreto se inspira en motivos pastorales, y hace referencia a las peticiones de hermanas que han manifestado «su vivo deseo de participar, en igualdad de condiciones con sus hermanos, de tan piadoso instrumento de santificación».

Con este documento, las hermandades citadas anteriormente podrán incluir nazarenas en sus próximas estaciones de penitencia. Precisamente fueron los hermanos mayores de estas corporaciones quienes solicitaron al prelado que fuese él quien diese el paso de promulgar un decreto para esta circunstancia.

¿Sólo nazarenas?

Sin embargo, este decreto deja la puerta abierta para que las hermanas también puedan desempeñar, tanto en los cultos internos como en la estación de penitencia, otros cargos. Así lo entiende el abogado sevillano Joaquín Moeckel,

Según Moeckel, el decreto no deja lugar a las dudas: «Al decir “determina la plena igualdad de derechos”, está claro que si un hermano tiene derecho a salir de nazareno, una hermana también. Pero si un hermano tiene derecho a salir de costalero, una hermana también. Si un hermano tiene derecho a salir de acólito, una hermana también. Si un hermano tiene derecho a salir de “armao”, una hermana ¿por qué no? Recordemos que la norma 24 de las Normas Diocesanas de 1997 sólo se igualaban las hermanas en el derecho de sufragio activo y pasivo».

Para el letrado sevillano, en todo caso, el decreto, «jurídicamente, es bastante pobre, toda vez que tendría que haber contemplado la nueva redacción de la citada norma, señalando que “la nueva redacción de la norma 24 queda de la siguiente manera”… y continuar con el texto del decreto».

www.SevillaActualidad.com