La Audiencia de Sevilla ha ratificado una sentencia que condena a un hombre por amenazar con «darle dos hostias» a su vecino durante una reunión de una comunidad en Villamanrique de la Condesa. La Sección Séptima de la Audiencia abordó un recurso de apelación presentado por un residente de Villamanrique, quien fue condenado previamente por el Juzgado de Instrucción número cuatro de Sanlúcar la Mayor.
El juzgado declaró probado que en una reunión de propietarios, el acusado dirigió expresiones injuriantes y amenazantes a otro vecino. Las palabras intimidatorias como «te voy a dar dos hostias» fueron acompañadas de una aproximación física con la intención de atemorizar. El acusado alegó que estas expresiones surgieron en medio de una discusión y carecían de la gravedad suficiente para constituir un delito de amenazas.
No obstante, la Audiencia argumentó que las palabras fueron pronunciadas en un contexto de confrontación y se vieron reforzadas por la aproximación física. La expresión «te voy a dar dos hostias» fue considerada objetivamente idónea para generar temor y violencia. Por lo tanto, la apelación del acusado fue rechazada y la sentencia original fue confirmada en su totalidad.
