incidencia resulta Telefónica
Imágenes de uso de un teléfono móvil - AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS

Un vecino de Sevilla ha sido absuelto de los cargos de violencia de género que pesaban sobre él tras ser denunciado por su expareja a raíz de un vídeo grabado en 2021, en el que el hombre reaccionaba de forma instintiva al ser despertado bruscamente mientras dormía en el sofá de su domicilio.

Los hechos se remontan al 2 de marzo de 2021, cuando, según recoge la sentencia, el acusado se encontraba dormido tras una jornada laboral de 14 horas. Su entonces pareja le despertó de forma repentina mientras lo grababa en vídeo. En ese momento, el joven reaccionó de forma desorientada y propinó dos golpes en la pierna a la mujer mientras gritaba la expresión «puta», sin causarle lesión alguna.

La denuncia no se interpuso hasta el 8 de septiembre de 2024, más de tres años después de los hechos, coincidiendo con el proceso de divorcio y con discrepancias en torno a la custodia del hijo menor que ambos tienen en común. La jueza considera probado que la denunciante presionó al acusado para aceptar determinadas condiciones del divorcio, entre ellas la custodia exclusiva del menor, advirtiéndole de que, en caso contrario, podría enfrentarse a una denuncia por violencia de género.

En su resolución, la magistrada subraya que no han quedado acreditadas las supuestas vejaciones previas que la mujer afirmó haber sufrido, ya que no aportó las conversaciones de WhatsApp que, según dijo, presentarían respaldo a su versión. Asimismo, destaca que en el propio vídeo se aprecia cómo la mujer rompe a reír tras recibir los golpes y que el acusado vuelve a dormirse inmediatamente, sin que la situación fuese a más.

El joven se enfrentaba a una petición de 11 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo, prohibición de tenencia y porte de armas durante dos años, así como orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la denunciante por el mismo periodo. Finalmente, la jueza concluye que no se ha practicado prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia y decreta su libre absolución.

La sentencia señala que el acusado actuó sin ánimo de menoscabar la integridad física de su pareja, en un estado de inconsciencia y como acto reflejo, y pone en cuestión la credibilidad subjetiva del testimonio de la denunciante debido al contexto de conflicto por la custodia del menor.