Un juzgado de Sevilla ha acordado la exoneración de una deuda de 56.001,64 euros a una familia sevillana que se encontraba en situación de insolvencia tras el fracaso de un proyecto empresarial. La resolución permite a los afectados iniciar una nueva etapa sin embargos ni reclamaciones futuras, manteniendo además la propiedad de su vehículo sin obligación de realizar pagos adicionales.

El origen del endeudamiento se remonta a un negocio familiar iniciado años atrás que, tras un comienzo estable, fue acumulando dificultades económicas. Entre los factores que afectaron a su viabilidad se encuentran problemas de gestión, dificultades para contar con personal estable, incremento de los gastos fijos y la necesidad de recurrir a financiación bancaria y pólizas de crédito para mantener la actividad. A ello se sumaron deudas con proveedores y con administraciones públicas.

La situación se agravó durante la pandemia, que redujo de forma significativa el volumen de trabajo y obligó a asumir nuevos compromisos financieros. De manera paralela, uno de los miembros del matrimonio sufrió un problema grave de salud que limitó su capacidad laboral, provocando una caída notable de los ingresos familiares. Ante este escenario, el negocio cesó su actividad y se procedió a la baja en el régimen de autónomos.

Sin patrimonio relevante y con ingresos muy limitados, la familia se acogió al procedimiento previsto en la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo legal destinado a personas que no pueden hacer frente a sus deudas tras actuar de buena fe. Durante el proceso se suspendieron los embargos y reclamaciones, y finalmente se concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, que incluye deudas con Hacienda, la Seguridad Social, entidades bancarias y proveedores.

Tras la resolución judicial, la familia ha iniciado una nueva etapa con un nivel de vida adaptado a su situación económica y con el objetivo de recuperar la estabilidad personal y familiar, una vez finalizado el proceso concursal.