Quirófano / Junta de Andalucía

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 250.000 euros por, según la resolución, «daño desproporcionado» a una mujer que fue diagnosticada erróneamente de un cáncer que no existía en su cuerpo.

Dicha resolución, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla, insiste que «ningún estudio o caso ha sido aportado (a este procedimiento judicial existente) donde ese ensayo clínico obrara el milagro de convertir una masa tumoral maligna en benigna».

El fallo ha estimado parcialmente un recurso contra una decisión previa que el Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Sevilla, en un principio, desestimó de cualquier indemnización posible.

Los hechos acontecidos sucedieron el pasado 7 de agosto de 2017, cuando la paciente de 39 años acudió al Hospital Universitario Virgen del Rocío en Sevilla debido a una hinchazón en su muslo izquierdo. Ante tal situación, los médicos actuaron rápidamente, sin previamente examinar con pruebas el origen de dicho hinchazón. El diagnóstico final que recibió fue que tenía un sarcoma maligno, un tipo de tumor cancerígeno.

El SAS realizó la operación de un cáncer a la mujer sin información previa de la patología

La clave de todo es que el tumor resultó ser benigno y no maligno, por lo que el tratamiento aplicado en 2018, que incluyó una intervención quirúrgica mutilante, fue completamente innecesario. Además, dejó secuelas físicas y psicológicas, más allá de un largo tratamiento de quimioterapia y radioterapia experimental que formaba parte de un ensayo clínico.

Según el perito médico que la paciente contrato para examinar los hechos –está incluido en la resolución-, las células «no se reordenan en cancerígenas para convertirse en benignas», sino que «siempre fueron benignas». «Y, por tanto, el patólogo que hizo el análisis previo se equivocó en el diagnóstico, pues se había realizado mal el estudio molecular».

Con esta condena oficializada casi diez años después, el TSJA pone de manifiesta y recalca la gran obligación que tienen los profesionales de la salud a la hora de examinar y analizar cualquier patología antes de realizar una operación de tal calibre.