Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla , a 21 de junio de 2022 en Sevilla (Andalucía, España) - Joaquin Corchero - Europa Press
Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla , a 21 de junio de 2022 en Sevilla (Andalucía, España) - Joaquin Corchero - Europa Press

Un hombre ha sido condenado a pagar 33.332 euros a la propietaria del piso en el que vivía alquilado. Así lo ha establecido el Juzgado de Primera Instancia número dos de Sevilla que, además, le ha penado con dejar la vivienda. El pago deberá realizarlo debido a las «rentas y cantidades repercutidas por cuotas comunitarias» que no ha satisfecho, durante más de tres años salvo en una mensualidad, declarando además la rescisión del contrato de alquiler.

Europa Press ha recogido la sentencia emitida el pasado 20 de diciembre con la que dicho Juzgado aborda una demanda de una agente de la Policía Local hispalense contra un varón llamado Adama. El hombre se hizo conocido a raíz del incendio de su puesto ambulante de Los Remedios en 2021 y los gestos de solidaridad a cuenta de su situación. La demandante alega «falta de pago y reclamación de rentas» de alquiler no abonadas «y cantidades asimiladas» a las mismas, a cuenta de una vivienda de la calle Médicos Sin Fronteras que la mencionada agente tiene arrendado al demandado.

Desde 2021 sin abonar el alquiler

Además, la propietaria de la vivienda reclamaba declarar resuelto el contrato de alquiler «por falta de pago de la renta». También exigía la condena del inquilino a desalojar el inmueble, así como a pagar «las cantidades debidas». La demandante ha llevado a cabo la solicitud exponiendo que en octubre de 2021 el demandado dejó de abonar el alquiler, después de firmar el contrato de alquiler en 2018 con una renta de 750 euros al mes, 822 euros incluyendo la comunidad. De esta forma, incumple «de manera reiterada sus obligaciones» contractuales, incrementadas en 2023 al elevarse a 961 euros la renta por el aumento del IPC.

Solo abonó el pago en el mes de marzo de 2023

A la fecha de interposición de la demanda, según detalla la sentencia, la cuantía ascendía a 26.460 euros. La agente reconoció que el inquilino sí abono la renta correspondiente al mes de febrero de 2023. Todo ello debido a que la parte demandada se oponía a la reclamación y solicitaba la desestimación de la misma.

Tras analizar el caso, el juzgado concluye en su sentencia que a la fecha del dictado de la misma, el inquilino «adeuda a la demandante la suma total de 33.332 euros por las rentas y cantidades repercutidas por cuotas comunitarias, de octubre de 2021 a diciembre de 2024 y descontada la mensualidad de febrero de 2023, que sí fue pagada por el arrendatario».

Condenado a pagar más de 33.000 euros y a abandonar la vivienda

Dado el caso, el Juzgado de Primera Instancia número dos de Sevilla declara extinguido el mencionado contrato de arrendamiento «por falta de pago de la renta». Asimismo, condena al inquilino a que «deje la vivienda a disposición de la demandante». También se le ha avisado de «lanzamiento a su costa» el 15 de enero de este año, en caso de no abandonar el inmueble en cumplimiento de esta sentencia antes de tal fecha.

El juzgado condena al inquilino a abonar a la dueña del piso a la cuantía de 33.332 euros por los mencionados impagos. Por otro lado, también tendrá que abonarle «todas las rentas y cantidades asimiladas que pudieran devengarse» de las principales. Además, se le imponen las costas del procedimiento judicial, si bien la sentencia condenatoria es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.