El juez del juzgado de Instrucción Número 2 de Granada ha acordado para Juna Rivas orden de detención y presentación ante este juzgado, al tratarse de una mujer que está siendo investigada por indicios sobre un presunto delito de retención ilícita de menores (modalidad del delito de sustracción de menores).

La madre no ha comparecido esta mañana ante el juez, diligencia prevista con el fin de que pudiera declarar sobre la situación creada por la retención de los dos hijos menores, en paradero desconocido. Juana Rivas lleva desaparecida con sus hijos desde el pasado 26 de julio para no entregarselos a su exmarido y padre de los niños, condenado por malos tratos.

Tras recibir lo solicitado por el abogado de F.A. -el padre de los menores quien sí que ha comparecido-, y el criterio aportado por el fiscal, el juez valora que «la existencia de un presunto delito de sustracción de menores, como que la investigada, presuntamente, ha tenido participación en tales hechos; y constando asimismo en autos que las Fuerzas del Orden no han podido localizar a la investigada, ni en su domicilio, ni en el de sus familiares próximos, ni de éstos o de cualquier otra persona se ha obtenido información sobre su paradero, se impone procesalmente, como siempre que se concurren estas circunstancias, la decisión de acordar la detención y puesta a disposición judicial de Juana Rivas».

El juez indica en su auto que «no procede la adopción de otras medidas cautelares».

En este sentido, el juez explica que «no pueden obviarse las consecuencias de esta resolución de detención, y consiguientemente, valorándose que esta decisión judicial es incompatible de cara al futuro con la posibilidad de abandonar el país por parte de la investigada, y que la resolución judicial sobre los menores supone el mismo impedimento para la salida de éstos del territorio nacional, reputamos que las que tienen por fin asegurar la disponibilidad de la investigada y la restitución de los menores, ya han sido adoptadas; y que respecto a otras que pudieran ser pertinentes, el momento procesal oportuno para resolver sobre su procedencia, será una vez que la investigada sea localizada y puesta a disposición judicial, valorándose lo que tenga que decir y la situación de hechos en dicho momento, sin perjuicio de que si los menores fueran hallados bajo su guarda o de cualquier tercero, el cumplimiento de lo acordado civilmente obliga a que los menores sean inmediatamente y sin excusa entregados al padre».