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Juzgados/Archivo

María Núñez Bolaños: «no es legítimo ni justificable utilizar maniobras para dilatar o mantener vivo un procedimiento sin ni siquiera discutir o rebatir los argumentos jurídicos de fondo expuestos en la resolución recurrida».

La juez del Juzgado de Instrucción Número 6 de Sevilla desestima el recurso de reforma interpuesto por el Partido Popular contra el auto de sobreseimiento de la causa sobre cursos de formación (del 11 de octubre de 2016), manteniendo la resolución recurrida en su integridad.

La juez señala, entre otras razones que conducen al archivo de la causa, que estamos ante «cuestiones jurídicas interpretables, sobre las que difieren los propios interventores u operadores jurídicos, acerca de las bondades o valoración de los sistemas de control, fiscalización previa o régimen de control financiero permanente», y que «los reparos a la gestión de la administración ha sido y es una practica frecuente y habitual que nunca, hasta ahora, ha dado lugar a la apertura de causas penales y ello, como los propios interventores señalan, porque no detectan ilícito penal alguno sino simple y llanamente irregularidades administrativas».

El auto indica asimismo que «si no se denuncia el ilícito penal por los interventores, que son quienes examinan la actuación administrativa, cómo es posible que se abran numerosas causas penales partiendo de interpretaciones de los informes de la intervención, causas que vienen siendo archivadas por los Juzgados de Instrucción».

La juez -en el mismo sentido reflejado ya por el ministerio fiscal- valora que  «la apertura de investigaciones como ésta, pueden causar un grave perjuicio  a muchas familias, en este caso andaluzas, cuya fuente de ingreso y sustento se vio truncada, a más de las personas que dejaron de recibir una formación necesaria y útil para su vida profesional. Pero lo más grave es el daño que se causa a personas cuya honorabilidad y profesionalidad se pone en cuestión viéndose abocadas  a defenderse  como presuntos delincuentes en el proceso. Los jueces no trabajamos con papel sino con personas, detrás de cada  expediente o proceso hay familias y personas, por ello no es legítimo ni justificable utilizar maniobras  para dilatar o mantener vivo un procedimiento sin ni siquiera discutir o rebatir los argumentos jurídicos de fondo expuestos en la resolución  recurrida».