Foto recurso de una persona usando su móvil
Foto recurso de una persona usando su móvil

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un varón que había sido condenado inicialmente por un delito de blanqueo de capitales, tras recibir un ingreso de 645,50 euros en su cuenta bancaria como pago por un teléfono móvil ofertado en Internet, que nunca fue enviado al comprador.

La sentencia, con ponencia del magistrado Zurirta Millán y recogida por Europa Press, estima el recurso de apelación presentado por la defensa contra el fallo emitido por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla. La resolución revoca la condena inicial, que incluía seis meses de prisión, una multa de 637,50 euros con responsabilidad personal subsidiaria de seis días en caso de impago, el abono de las costas procesales y una indemnización a favor de la víctima por el importe defraudado.

El acusado alegó en su recurso que existía un error en la valoración de la prueba, al no haberse acreditado que él facilitara su número de cuenta a los responsables de la página web fraudulenta desde la que se realizó la venta falsa. También argumentó que no había pruebas que permitieran concluir que conocía la procedencia ilícita del dinero recibido, por lo que la tipificación del delito de blanqueo de capitales en su modalidad de imprudencia grave sería incorrecta.

En su defensa, el apelante explicó que su cuenta bancaria registraba numerosos movimientos y que no fue consciente del ingreso en cuestión. El TSJA, aplicando el principio pro reo y atendiendo a la falta de una descripción fáctica suficientemente precisa en la sentencia impugnada, ha decretado la «libre absolución» del acusado, aunque reconoce que «se encontraba en condiciones de haber sospechado con facilidad la ilícita procedencia del dinero, evitando de tal forma su conducta».

El fallo pone de manifiesto los límites en la calificación penal del blanqueo por imprudencia cuando no se demuestra con claridad el conocimiento del origen delictivo de los fondos por parte del acusado.