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El defensor del Pueblo Andaluz respalda la constitucionalidad de las grabaciones en los plenos. ‘Graba tu pleno’ considera que la prohibición supone una «censura previa».

El Defensor del Pueblo Andaluz se ha referido hoy a la prohibición que impide grabar los plenos municipales a los vecinos de ciudades como Espartinas o Sevilla. En declaraciones a Sevilla Actualidad, José Chamizo ha manifestado su respaldo a las resoluciones emitidas por el órgano que dirige, donde se instaba a las administraciones a permitir las grabaciones de los particulares.

El Defensor ha asegurado que su criterio se ampara “en la doctrina constitucional” según la cual, “el acto de la grabación del pleno es absolutamente constitucional y legal porque constituye la garantía de la libertad de información y de la participación ciudadana”. La única restricción para no grabar los plenos, a juicio del Defensor, debe basarse en una “justificación concreta y motivada”, como abordar un asunto que afecte a derechos fundamentales de los ciudadanos, ante lo que el pleno puede decretar secretos el debate y la votación.

El Defensor también ha hecho referencia a la jurisprudencia que existe a este respecto asegurando que “por encima de contradicciones jurídicas está la decisión del Tribunal Constitucional” y hace referencia a la sentencia 20/1990 de 15 de febrero donde el Alto Tribunal pone de manifiesto que los derechos reconocidos por el artículo 20 de la Constitución Española, no sólo protegen un interés individual sino que son garantía de la opinión pública libremente formada, “indisolublemente ligada con el pluralismo político”.

Chamizo afirma que su órgano no ha recibido ninguna reclamación procedente de vecinos de Sevilla denunciando la prohibición de grabar en los plenos y asegura que los ayuntamientos denunciados han aceptado las resoluciones emitidas desde su oficina y han autorizado, posteriormente, la grabación de las sesiones. Aunque, existen excepciones como el Ayuntamiento de Espartinas que, cuenta con una reclamación en la Oficina del Defensor, cerrada después de que el Consistorio emitiera una informe donde se comprometía a autorizar las grabaciones. Sin embargo, la ‘norma copyright’ sigue vigente en el municipio y los plenos siguen sin poder ser grabados.

“Es preciso denunciar la censura previa”

La Plataforma ‘Graba Tu pleno’ también ha criticado la normativa que censura la captación de imágenes en las sesiones plenarias. Fuentes de la plataforma consultadas por Sevilla Actualidad afirman que, detrás de la medida, se esconde la intención de “ocultar acciones o expresiones de representantes políticos”.

La plataforma nació en 2011 con un objetivo: romper las barreras que impiden a cualquier ciudadano grabar un pleno y editar las imágenes a su antojo, “sin restricciones”. Sus miembros –varias decenas de personas de distintos puntos del país- afirman que grabar un pleno es “totalmente legal” justificándolo en que “la censura previa está prohibida” en España. “No es legal establecer requisitos a priori, cualquier acto ilegal sólo se puede denunciar después”, remachan.

Sus componentes celebran iniciativas como la retransmisión de los plenos vía online o a través de la televisión pública pero consideran que la libertad de información no termina ahí. “Que un ayuntamiento grabe un pleno no es excluyente para que también lo hagan los ciudadanos que así lo estimen oportuno”, señalan al mismo tiempo que explican que en muchos casos las grabaciones municipales «están sujetas a copyright y no son facilitadas a los ciudadanos para su posterior edición o difusión».

La plataforma también critica la justificación del Ayuntamiento hispalense -que amparan su legalidad en el reglamento de otras cámaras como el Congreso de los Diputados o el Parlamento de Andalucía- al considerar que “las sesiones plenarias de los municipios son públicas por ley y no son comparables a otro órgano de representación”.

Reconocen que “aún no se producen suficientes denuncias” y lo achacan al desconocimiento de la legislación y, más recientemente, a las tasas judiciales impuestas para la vía contecioso-administrativa. Sin embargo afirman que “nadie ha perdido un juicio por grabar un pleno así que nadie ha pagado hasta ahora nada, los jueces siempre nos han dados la razón”.

Asimismo, la plataforma ha comenzado a denunciar por vía penal a algunos ayuntamientos, como el de Armilla (Granada), y no descartan seguir empleando esta vía –que no se ve afectada por las tasas judiciales- para demostrar “que los derechos constitucionales no se respetan”.

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