Imagen de los expresidentes Chaves y Griñán condenados por el Caso ERE que ahora se consulta en la UE / SA
Imagen de los expresidentes Chaves y Griñán condenados por el Caso ERE que ahora se consulta en la UE / SA

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con el caso ERE. La medida se adopta tras las recientes sentencias del Tribunal Constitucional (TC), que estimaron parcialmente los recursos de amparo de varios ex altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

En un auto fechado el 14 de julio y notificado hoy a las partes, la Audiencia acuerda también suspender la ejecución de las sentencias del TC mientras se resuelve la cuestión planteada en Europa. Así, la Sala considera «imprescindible» esta medida para evitar que se genere un escenario de impunidad futura en casos similares y para salvaguardar los intereses financieros de la Unión Europea.

Dudas sobre la interpretación del TC

En este sentido, los magistrados señalan que las sentencias del TC imponen a los tribunales ordinarios una interpretación restrictiva de los delitos de prevaricación y malversación, vinculando estas actuaciones con la elaboración de leyes presupuestarias. A juicio del tribunal, esta interpretación podría dejar sin castigo conductas fraudulentas cometidas entre 2000 y 2009 y resultar incompatible con el Derecho de la UE y con la jurisprudencia del propio TJUE.

«La doctrina del TC podría generar un evidente espacio de impunidad en la persecución de la corrupción», advierte la Audiencia, que critica que se hayan eximido de responsabilidad penal actos que, según tribunales ordinarios, constituyen delitos graves que afectaron a fondos públicos europeos.

Riesgo institucional y ruptura del principio de primacía

La Audiencia alerta de que la actuación del TC puede haber invadido funciones reservadas al Tribunal Supremo, máximo intérprete de la ley penal, y haber provocado un daño institucional al corregir de forma inédita sus criterios jurídicos. Además, sostiene que no se puede considerar irresponsables a los miembros del Gobierno autonómico por actos realizados en la elaboración de presupuestos que perseguían fines fraudulentos.

«La conclusión de irresponsabilidad podría provocar un riesgo sistémico de impunidad respecto a infracciones de fraude grave y suponer un incumplimiento de las obligaciones de España con la Unión Europea», señala el auto.