Una persona circula con un patinete eléctrico junto al Mercado de Triana. - David Cejudo Alarcón

El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado de forma definitiva la modificación de la Ordenanza de Circulación que regula el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos, con el objetivo de reforzar la seguridad vial y proteger a peatones y conductores. La nueva normativa entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) e incorpora cambios relevantes que afectan a potencia, velocidad, edad mínima, equipamiento obligatorio y régimen sancionador.

La reforma de los artículos 51 bis y 145 bis adapta la regulación municipal al marco estatal vigente y responde, según el delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, al «aumento de los accidentes en la vía pública en los que están implicados los patinetes y sus usuarios». El texto fue aprobado inicialmente en Junta de Gobierno el pasado 12 de diciembre y ha quedado ahora refrendado tras desestimarse las diez alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública.

Límite de 250W y velocidad máxima

Uno de los puntos centrales es el mantenimiento del límite de 250 vatios de potencia para poder circular por vías ciclistas. Las alegaciones, registradas por ocho particulares y dos entidades (AMPES y Acontramano), solicitaban eliminar esta restricción. Sin embargo, los técnicos municipales han rechazado la propuesta al considerar que permitir vehículos de mayor potencia «elevaría el riesgo de accidentes de forma inasumible» en carriles bici compartidos con peatones, que suponen el 80% de la red.

Además, la ordenanza fija que la velocidad máxima será de 15 km/h en carriles bici y de 10 km/h en itinerarios compartidos con peatones, donde estos siempre tendrán prioridad. Todo vehículo que supere los 25 km/h será considerado ciclomotor y quedará sujeto a otra normativa.

Casco obligatorio, chaleco y edad mínima

Entre las principales novedades destaca la obligatoriedad del casco homologado, que deberá ir siempre abrochado. También será imperativo el uso de chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.

La edad mínima para conducir un patinete eléctrico se mantiene en los 15 años. Asimismo, se refuerzan prohibiciones ya contempladas en la normativa estatal: circulación exclusivamente unipersonal, prohibición de ir por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos, y veto al consumo de alcohol o drogas. Tampoco se permitirá el uso de auriculares ni teléfonos móviles durante la marcha.

Los VMP deberán estar registrados en la Dirección General de Tráfico (DGT), contar con certificado de circulación y disponer de seguro de responsabilidad civil, además de alumbrado reglamentario delantero y trasero. la ciudad de «una herramienta jurídica robusta» para ordenar un modelo de movilidad que ha crecido de forma notable en los últimos años y que plantea nuevos retos de convivencia entre peatones, ciclistas y conductores.

Estacionamiento y sanciones de hasta 500 euros

La ordenanza también regula el estacionamiento: los patinetes no podrán dejarse en aceras ni zonas peatonales ni anclarse a mobiliario urbano, árboles o señales. Solo podrán estacionarse en espacios específicamente habilitados.

El régimen sancionador se estructura en tres niveles. Las infracciones leves, como el estacionamiento indebido, conllevarán multas de entre 50 y 100 euros. Las graves —circular sin casco o chaleco, con más de 250W o sin la edad mínima— se sancionarán con entre 101 y 200 euros. Las muy graves, como la manipulación de las características técnicas del vehículo, podrán alcanzar los 500 euros, elevándose así el importe máximo anterior.

Con esta modificación, el Ayuntamiento busca dotarse de «una herramienta jurídica robusta» que permita ordenar el uso de los patinetes en la ciudad y reforzar la convivencia en el espacio público en un contexto de crecimiento sostenido de estos vehículos en Sevilla.