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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al exdirector general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) por la contratación «ilegal» y «absolutamente irregular» en dicha Fundación del ex alcalde de Lebrija «por su sola voluntad, amistad y afinidad política», de manera que éste último percibió un total de 359.973,51 euros tras ser contratado en la Faffe pese a que «no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno».
Asimismo, la Sección Tercera condena al exprimer edil a dos años y tres meses de cárcel y cuatro años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario de un delito de malversación, y a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, concurriendo igualmente en los dos delitos la atenuante simple de dilaciones indebidas. Además, los dos condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Andalucía en la cantidad de 359.973,51 euros, que fue la cantidad percibida por el ex alcalde desde su contratación hasta la extinción de la Faffe y una vez incorporado al Servicio Andaluz de Empleo (SAE), según establece la sentencia.
«Exigió que se le hiciera fijo»
Los magistrados consideran probado que, tras las elecciones municipales de 2003, el exprimer edil condenado perdió la Alcaldía de Lebrija después de 24 años en dicho cargo, acudiendo «directamente» al ex director de la Faffe «pidiendo trabajo», a lo que éste último accedió «con la excusa de lograr fondos y financiación de distintas administraciones para la Faffe», un punto «innecesario, pues la Faffe venía financiándose con numerosas
subvenciones a la formación con una ingente cantidad de dinero público».
La Sección Tercera añade que «no consta» que el ex alcalde «se encargara en ningún momento de este aspecto financiero, tampoco que tuviera aptitudes para asumir y desempeñar las funciones correspondientes a esas funciones», señalando asimismo que «exigió que desde el primer momento se le hiciera fijo, a lo que accedió igualmente» el ex director de la Faffe, e «impuso sus condiciones salariales».
Un cargo «inexistente»
«Como el organigrama administrativo de la Fundación no contemplaba puesto», el ex responsable de la Faffe «creó uno ‘ad hoc’, que denominó de modo grandilocuente Dirección de Relaciones Externas», un departamento que, según indican los magistrados en la sentencia, «es inexistente, no tiene sede, carece de despacho o sede física ni personal adscrito», y de hecho el acusado «no acudía a la sede de la Fundación ni
desempeñaba trabajo alguno».
Así, la Sección Tercera considera probado que, «a pesar de ello», el ex alcalde «se hizo con una tarjeta de visita o presentación en la que constan sus datos personales y el nombre, cargo y anagrama de la Fundación, con el logotipo de la Junta de Andalucía», indicando en este punto que el encausado «no tenía más dependencia jerárquica y funcional» que la del ex director de la Faffe.
«No fue a trabajar pero recibió el dinero»
En este sentido, los magistrados insisten en que «la presunta existencia» del ex primer edil «como contratado la desconocían el resto de empleados, ya que no desarrollaba su trabajo en ninguna de las sedes de la Faffe», añadiendo que «no existe ninguna prueba documental que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la selección y contratación de personal, ya sea técnico o directivo, por parte de una fundación pública como la Faffe».
Por todo ello, los magistrados concluyen que «la irregularidad de la contratación tenía como objetivo proporcionarle» al ex alcalde «un beneficio económico con la consiguiente desviación del dinero procedente de las subvenciones y patente empobrecimiento del erario público». El ex alcalde «no fue a trabajar pero recibió el dinero», apostillan.
