- La Catedral establece sus horarios de visitas culturales, de paso de cofradías y misas durante la Semana Santa
- Los hosteleros de Sevilla se desvinculan del balance económico de la Magna
Los titulares de locales con escaparates, así como aquellos con licencia para pantallas digitales, anuncios y rótulos luminosos «deberán mantenerlos apagados, durante la Semana Santa, al paso de las hermandades y cofradías». En caso de incumplimiento, se apercibirán por los Servicios competentes de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, y el procedimiento podría desencadenar en «la revocación de las licencias que se hubieran otorgado» al respecto.
En este sentido, la norma también dispone que en la Semana Santa y en los días previos a su celebración (también en la Feria de Abril) se retirarán «todos los elementos instalados en la vía pública sin la preceptiva licencia municipal, que no se ajusten a la misma o supongan obstáculo en las vías de evacuación y de acceso a los servicios de emergencias». Asimismo, se ordena a los titulares de toldos, anuncios y rótulos publicitarios perpendiculares a la fachada de edificios que, durante la Semana Santa, también al paso de cofradías, «procedan a abatir dichos elementos o a su desmontaje, en caso de que no fuera posible», apercibiéndoles que su incumplimiento «podrá conllevar su retirada subsidiaria, así como determinar la revocación de las licencias».
Prohibición de instalación de elementos no autorizados
Respecto de los espacios de titularidad privada de uso público general, como soportales, pasajes o espacios libres y similares, se recuerda la prohibición de instalación de elementos no autorizados. Estas medidas son de aplicación en el conjunto histórico declarado y en las vías por donde transcurren hermandades y cofradías, «así como en sus zonas de influencia». Igualmente resultan de aplicación a las calles afectadas por la celebración de la Feria de Abril y su área de influencia.
En este sentido, agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad podrían llevar a cabo medidas de retirada de los mencionados elementos «por razones de seguridad e interés general». Por último, la resolución contempla el hecho de apercibir a los titulares de los elementos retirados que se concede un plazo, de diez días a partir de la fecha de dicha retirada, para que presenten escrito en el Registro de la Gerencia de Urbanismo «en el que manifiesten su voluntad expresa de hacerse cargo de tales elementos retirados, mediante su recuperación de los Almacenes Municipales, previo pago de los costes de retirada».
