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La Audiencia de Sevilla declara condenados a tres varones por delitos de detención ilegal y lesiones, después de que secuestrasen a un hombre, le encerrasen en el sótano de una vivienda de Bormujos, le golpeasen y le intimidasen con una pistola, en demanda de una «caja cerrada» que uno de ellos le había encomendado para que la «guardara y que no se le devolvió»; con el aviso de que de no recuperar ellos la caja, «tendría que darles 14.000 euros».
En una sentencia emitida el pasado 11 de diciembre de 2024, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla declara probado, por expreso reconocimiento de los acusados fruto de un acuerdo de conformidad entre las partes del procedimiento judicial, que sobre las 21:45 horas del 7 de Septiembre de 2022, dos de los condenados, ambos veinteañeros y sin antecedentes penales, «previamente concertados entre sí y con el tercer» inculpado, «se desplazaron en el vehículo del primero hasta la puerta del bar Las Niñas, de Bormujos, donde habían concertado una cita» con la víctima de los hechos y «al verlo, apeándose» uno de ellos «lo tomó del brazo y a empujones, venciendo su voluntad contraria, lo introdujo en el automóvil, donde le dijo que llevaba una pistola y le pegaría dos tiros si gritaba».
«Una caja cerrada»
Según el relato de hechos probados, los condenados «seguidamente, lo condujeron a un domicilio» también en Bormujos, donde «igualmente a la fuerza lo trasladaron al sótano, donde les esperaba el también acusado» y tercer implicado en el asunto, quien «tenía preparada una silla, donde lo sentaron, comenzando a interrogarle sobre una caja cerrada» que uno de ellos le había encomendado para que la «guardara unos meses antes y que no le devolvieron, diciéndole todos ellos que de no aparecer la caja, tendría que darles 14.000 euros, empezando los tres acusados a golpearle con palos de madera».
«Una vez derribado de la silla con patadas y puñetazos», según el relato de hechos probados, uno de los acusados llegó a «efectuar un disparo contra la pared con propósito intimidatorio con una pistola sin identificar que portaba y con cuya culata asimismo golpeó en la cabeza» al afectado, quien finalmente, estando solo en el sótano, «consiguió trepar por una pared y llegar hasta el techo de la vivienda, para huir a través de las azoteas vecinas sobre las 23:00 horas».
También se declara probado que en el momento de los hechos, dos de los inculpados «eran consumidores» de «cocaína y hachís, mientras» que el tercero «era igualmente consumidor preferentemente de hachís». Todos ellos, con anterioridad al juicio habían «procedido a reparar el daño causado, indemnizando a la víctima en la cantidad que reclamaba por tal concepto».
Condenados
Debido a tal relato, y por cuerdo de conformidad entre las partes, el tribunal condena a cada uno de los tres inculpados a dos años de prisión, multas de 90 euros y tres años de prohibición de acercarse al afectado o comunicarse con él, como autores de delitos de detención ilegal y lesiones, con las atenuantes de reparación del daño y drogadicción. Aún así, sus penas privativas de libertad quedan suspendidas a condición de no cometer nuevos delitos durante tres años.
