La Audiencia de Sevilla ha emitido una sentencia en la que condena a la empresa aseguradora de Transportes Urbanos de Tussam a indemnizar con 1.202 euros a una mujer, pasajera de un autobús, que se cayó al descender del vehículo.

La demandante alegó que, el 25 de septiembre de 2018, viajaba en un autobús de Tussam y al bajarse del vehículo, tropezó y se cayó al suelo debido a que el autobús no se había aproximado adecuadamente a la acera. Esto resultó en un esguince de tobillo por el cual buscó una indemnización.

El juzgado de primera instancia original desestimó su demanda al no considerar que la mujer había demostrado que se encontraba en el autobús en cuestión ni que la caída se debiera a la aproximación incorrecta del autobús a la acera.

Sin embargo, la Audiencia, en su revisión, encontró pruebas que respaldaban el caso de la demandante. Esto incluyó un parte de accidente proporcionado por las partes demandadas, la declaración en el juicio del conductor, y la atención médica recibida por la demandante. En consecuencia, la Audiencia dictaminó que la compañía aseguradora debía responder conforme al seguro obligatorio de viajeros, otorgando a la demandante una indemnización de 1.202 euros.

La Audiencia no consideró las demás cuantías solicitadas en la demanda, ya que no se pudo demostrar que el autobús no se hubiera aproximado correctamente a la acera, según lo alegado por la demandante.