El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Sevilla ha decidido cancelar la enorme deuda pendiente de más de 126.000 euros que mantenía un matrimonio sevillano con numerosas entidades financieras. A partir de esta resolución pueden empezar de cero financieramente y solicitar su salida de cualquier fichero de morosidad. El caso ha sido resuelto en apenas un año.

Por motivos personales, este matrimonio se vio obligado a solicitar numerosos préstamos y créditos. Su condición de funcionarios hizo que les ofrecieran todo tipo de productos, generando un importe mensual a devolver más que desaconsejable.

Cancelación del 100% de unas deudas acentuadas por la pandemia

A pesar de su estabilidad económica y laboral hasta la fecha, la llegada de la pandemia les torció su planificación financiera. Dejar de cobrar determinados complementos salariales, sumados a una baja por enfermedad de uno de los cónyuges, les llevó a no ingresar lo suficiente para afrontar los créditos. Esta situación desembocó en impagos y el comienzo de las consecuentes amenazas de acreedores.

Sin embargo, a mediados de 2020 y con un importe de 126.163 euros a deber, decidieron solicitar información sobre cómo protegerse de los bancos y conseguir la condonación de sus deudas. Asesorados y asistidos por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, decidieron declararse insolventes y acogerse al proceso de Ley de Segunda Oportunidad.

Solo con iniciar el trámite obtuvieron un beneficio inmediato: suspender intereses de demora y poder ahorrar mes a mes las cuotas de las deudas hasta que se resolviera el proceso. Esto proporcionó un gran respiro para los deudores, que también vieron protegido de posibles embargos su único bien, su vehículo.

Posteriormente, se intentó llegar a un acuerdo con los acreedores para afrontar la deuda acorde a sus posibilidades. Esta solución amistosa resultó totalmente imposible, dado que ningún mediador concursal aceptó llevar el expediente.

Esto que puede sonar como una mala noticia, sin embargo, hizo que los deudores tuvieran el derecho al 100% del perdón de sus deudas, ya que ellos de buena fe intentaron pagar algo, y fueron causas ajenas a su voluntad las que lo evitaron. El resultado esperado, es decir, la exoneración del pago de los créditos fue concedido por el Juzgado el pasado 17 de noviembre.

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor «de buena fe».

Una vez comprobadas estas condiciones, la jueza encargada del presente caso no ha tenido dudas y ha perdonado a estos funcionarios sevillanos el pago de todos sus créditos de forma definitiva.

Esta resolución dictada el pasado 17 de noviembre de 2021 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a estos deudores libres de pagar 126.163 euros y mantener su único bien en propiedad, su vehículo.

Desde entonces, los acreedores de los asociados no podrán reclamar ningún pago más de la deuda a este matrimonio sevillano ni incluirlos en ficheros de morosos.