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La carencia de publicación de lista de solicitantes, ni de excluidos, ni criterios de valoración, ni notas de corte en la asignación de una plaza para cubrir el puesto de Ayudante de Sepulturero sirve al Partido Andalucista como denuncia al consistorio sevillano. Las supuestas irregularidades son catalogadas de «escándalo» por el comité local del partido.

Sevilla Actualidad. El pasado 8 de abril de 2009 finalizó el plazo de presentación de instancias para concurrir al puesto de Ayudante de Sepulturero en el Cementerio Municiapl de San Fernando. Según el PA, las bases recogen que los aspirantes seleccionados en función de su mayor experiencia tienen que realizar una prueba práctica que permita demostrar su aptitud para el puesto.

Los andalucistas mantienen que La Comisión de Valoración designada para la confección de la Bolsa en sesión celebrada el pasado 5/5/09 seleccionó únicamente a 6 personas, sin hacerse pública el número de solicitudes y listas de excluidos, para la realización de la mencionada prueba consistente en una exhumación y prueba de albañilería.

 
Lo extraño es que uno de los seleccionados era el de menor puntuación y experiencia cero en el baremo de méritos, contradiciendo las bases antes mencionadas.

Para el PA existe nulidad en este procedimiento de selección, ya que el anuncio de la plaza no recoge de forma clara el criterio por el cual la comisión de valoración designa las solicitudes que pasan al examen de prueba práctica, originando indefensión a los demás solicitantes de la plaza y dejando al descubierto un proceso selectivo donde hay claros ejemplos de discrecionalidad.

Por otro lado, la agrupación política denuncia que en otro examen realizado recientemente para la contratación de personal laboral (sin especificar cuál), no se ha señalado nota de corte, algo obligatorio. Añaden que en otras selecciones se repite el mismo modus operandi, escogiendo arbitrariamente a los aspirantes sin especificar lista de excluidos ni número de solicitantes con notas de corte.

La opinión del partido en este tema es muy clara: “Las administraciones públicas deben seleccionar a su personal mediante procedimientos en los que se garanticen los principios de mérito, capacidad y publicidad así como transparencia e imparcialidad, como señala el articulo 91 de la ley de bases de régimen local”.

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