Juzgados de Sevilla
Audiencia Provincial de Sevilla / SA

O. M, de 35 años y de origen magrebí, acusado de matar de una puñalada en el mes de agosto de 2017 a J.O., de 27 años de edad, en el barrio de Los Pajaritos de la capital hispalense, ha hecho uso del derecho a la última palabra, expresando que él «era el hombre equivocado en el momento equivocado» durante el juicio con jurado celebra la Audiencia Provincial.

Durante este miércoles, en el juicio, que se retomará el próximo lunes, día en el que se hará entrega a los miembros del jurado del objeto de veredicto, ha intervenido el médico forense que realizó la autopsia al cadáver de J.O., única prueba objetiva en este tipo de procedimiento y que es «muy contundente», según han resaltado fuentes del caso.

Según el Ministerio Público, los hechos se produjeron en la madrugada del 26 de agosto de 2017, cuando el acusado, en prisión provisional por estos hechos, y la víctima se encontraron en una plazoleta de la barriada de Los Pajaritos, «entablándose una discusión entre ambos en la que acabaron golpeándose mutuamente».

Seguidamente, y según el relato del fiscal, el acusado se marchó del lugar y se dirigió al domicilio donde vivía y que «también ocupaba» el finado, propietario del mismo. Sobre las 6,50 horas, llegó al domicilio la víctima, «al que desde el balcón insultaba a voces el acusado», por lo que «subió a toda prisa al piso, que encontró cerrado impidiendo su acceso, por lo que a golpes y patadas rompió la puerta y penetró en el mismo».

La Fiscalía indica que, acto seguido, el fallecido se dirigió a la habitación del encausado, que «lo esperaba sentado en la cama» y que sacó un cuchillo de cocina que tenía entre las sábanas con el que asestó a la víctima «una fuerte puñalada» en la parte inferior del hombro izquierdo «con propósito de herirle el corazón».

Al notar la herida y comprobar que sangraba «abundantemente», el agredido bajó a la calle y pidió auxilio, de forma que fue trasladado por un vecino en su coche al Hospital Virgen del Rocío, donde «a los pocos minutos de llegar falleció» debido a un shock hemorrágico agudo, «consecuencia de la herida que el investigado le causó en el pecho».

El acusado, durante el interrogatorio, negó los hechos e, incluso, cambió la versión ofrecida en fase de instrucción, en la que decía que la víctima se podría haber clavado el cuchillo durante el forcejeo que mantuvieron, apuntando este martes que algunas de las dos personas, que han declarado como testigos, que se encontraban en el piso en el momento de los hechos podía haber apuñalado a J.O. porque «todo estaba muy oscuro».

Si bien, estos testigos han coincidido en que vieron cómo el acusado «le asestaba la puñalada» a la víctima, añadiendo que pudieron ver el gesto de la puñalada y a continuación a la víctima salir de la habitación. Igualmente, los testigos han apuntado que el agresor salió a la ventana del piso amenazando a «todo el que subiera al mismo».

Este miércoles, el médico forense ha explicado que la herida sufrida por la víctima presenta un acometimiento en sentido descendente, «con profundidad e intensidad importante», alcanzando el pulmón. Además, se apuntan dos causas de la muerte, el shock hemorrágico, con hemorragia externa, e insuficiencia respiratoria con pérdida de sangre.

Igualmente, el forense descarta «categóricamente» que la herida fuera consecuencia de un forcejeo y que pudiera ser tras «un pinchazo».

Tras concluir el médico forense, las partes han presentado sus informes. Así, la Fiscalía de Sevilla mantiene su petición , como ya hiciera en su escrito de calificación provisional, de 14 años de prisión como presunto autor de un delito de homicidio, así como una indemnización de 500.000 euros a la pareja de la víctima y de 300.000 euros a la madre del fallecido. En este sentido, la acusación particular se ha adherido a lo solicitado por el Ministerio Público, aunque, en su caso, piden 300.000 euros para la madre del fallecido, a quien representa.

Por su parte, la defensa de O.M., que en sus conclusiones provisionales pidió la libre absolución para su cliente, ha elevado a definitivo su informe, si bien durante su intervención ha alegado como alternativa legítima defensa, punto en el que ha intervenido la presidenta del tribunal para señalar que no puede plantear una cuestión como es la legítima defensa cuando no está recogida en el informe, elevado a definitivo.