Según análisis realizados por la Facua, sólo el 19,7% de las empresas dispone de números gratuitos de atención al cliente. El estudio efectuado sobre 152 empresas que ofrecen servicios básicos e indispensables a diario, pone de manifiesto, de acuerdo a la asociación, la necesidad de legitimar el derecho de los consumidores a disponer de una línea gratuita para realizar consultas, dar partes o realizar reclamaciones.

Sevilla Actualidad. Estudios realizados por Facua-Consumidores en Acción aseguran que sólo dos de cada diez empresas de servicios básicos ofrece teléfonos gratuitos en atención al cliente. El análisis ha sido realizado sobre los protocolos para la atención de las consultas, incidencias y reclamaciones de los usuarios de 152 empresas de telecomunicaciones, electricidad, agua, gas, transportes, aseguradoras, bancos y cajas de ahorros.

Los datos recogidos reflejan que, de las 152 empresas encuestadas, sólo treinta (19,7%) disponen de teléfonos gratuitos. Casi la mitad, setenta y dos (47,4%), remiten a una línea con prefijo 902, frente a las once (7,2%) que utilizan teléfonos con prefijo 901. Veinticuatro (15,8%) emplean líneas con prefijos locales, seis (3,9%) utilizan números de fuera de España y otras seis (3,9%) líneas de tarificación adicional con prefijo 807, una práctica prohibida por la legislación.

Facua, en defensa de los consumidores, critica que estos tengan que pagar por realizar una consulta, dar parte de una incidencia o avería, o incluso presentar una reclamación ante una deficiencia en el servicio o un incumplimiento contractual.

Por todo ello, Facua ha solicitado a las autoridades de Consumo de las comunidades autónomas que introduzcan cambios legales en la normativa de protección a los consumidores. Así, pide que esta obligue a disponer de teléfonos gratuitos para la atención al cliente a todas las empresas prestadoras de servicios básicos, necesarios y cotidianos para la vida diaria.

En este sentido, la asociación ha pedido a los gobiernos autonómicos que sigan el ejemplo catalán, cuyo nuevo Código de Consumo es una norma pionera en España al incorporar esta obligación a las empresas de servicios básicos.

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