La ordenanza municipal aprobada ayer en Pleno del Ayuntamiento, adjudica las competencias de gestión y administración del Registro Público de Demandantes de Viviendas Protegidas a Emvisesa. La sede del organismo se establecerá San Jerónimo el próximo verano. Igualmente, ya han sido determinados los criterios y requisitos para la adquisición de este tipo de viviendas.

 

Sevilla Actualidad. El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprobó el pasado viernes definitivamente la ‘Ordenanza reguladora de la creación y funcionamiento del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas’ de la ciudad de Sevilla. Con ello se determinó también que las competencias de gestión y administración del registro corresponderán a Emvisesa. La futura sede del organismo se ubicará en San Jerónimo-Alamillo, cuyas obras comenzaron el 22 de marzo en cuatro locales de una superficie total de 350 m2. El período de ejecución de la obra es de tres meses, por lo que está previsto que las mismas finalicen a principios de verano.

El nuevo registro comenzará a funcionar con la tramitación de las 10.016 solicitudes recibidas entre el 11 de diciembre y el 11 de febrero en el marco del procedimiento abierto por EMVISESA para los inscritos en sus bases de datos. La documentación se recogió en una oficina especialmente habilitada por la empresa municipal de vivienda, y en los puntos de atención al ciudadano en los distritos.  

La nueva ordenanza reguladora establece las bases y los procedimientos para la inscripción en el Registro de los demandantes de viviendas protegidas, la selección de los demandantes y la adjudicación de las viviendas, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad y concurrencia. Se recoge así, por ejemplo, la necesidad de un empadronamiento en Sevilla (con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud, o al menos durante cinco años en cualquier momento anterior) o la vinculación laboral o profesional acreditada en nuestra ciudad (tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la inscripción).

Asimismo, los inscritos en el registro se clasificarán según grupos específicos: por sus ingresos, por pertenencia a un grupo de especial protección (familias numerosas, monoparentales, víctimas de género o terrorismo, emigrantes retornados, personas en situación de dependencia o con discapacidad), por su edad,  por el régimen de acceso al que opten (en propiedad, alquiler, y alquiler con opción a compra).

El orden de preferencia en lista se establecerá periódicamente mediante un sorteo ante notario, determinándose la periodicidad del mismo según las previsiones de viviendas a ejecutar en los planes municipales de vivienda de Sevilla, celebrándose en todo caso un nuevo sorteo una vez se hayan adjudicados un mínimo de 1.000 viviendas desde el último celebrado.

La Ley Reguladora de Derecho a la Vivienda en Andalucía, aprobada por el Parlamento el pasado mes de febrero, establece así que los registros permitirán “conocer las necesidades reales de vivienda protegida en Andalucía. La existencia de estos registros y su coordinación permitirán a los ayuntamientos anticipar las previsiones de la demanda de vivienda protegida en cada municipio, y ordenarlas en los planes municipales de vivienda y suelo”.

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