Un jurado popular enjuiciará a partir del próximo día 27 de marzo en la Audiencia Provincial de Sevilla a un hombre acusado de matar a su madre tras asfixiarla con un cinturón en la vivienda en la que ambos convivían en la capital hispalense en el mes de mayo de 2022, hechos por los que la Fiscalía le reclama seis años de cárcel por un delito de homicidio.

De este modo, el día 27 de marzo tendrán lugar la constitución del jurado popular, la presentación de las alegaciones previas por las partes personadas, y la declaración del acusado y de los testigos, tras lo que, al día siguiente, comparecerán los peritos.

En su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público solicita para el acusado seis años de cárcel por un delito de homicidio con la agravante mixta de parentesco, la atenuante de confesión y la atenuante cualificada de alteración de impulsos por adicción de larga duración a drogas. En concepto de responsabilidad civil, concluye que no procede indemnización después de que los familiares de la víctima no hayan reclamado nada.

La Fiscalía considera que los hechos tuvieron lugar sobre las 07:30 horas del día 19 de mayo de 2022 en la vivienda en la que convivían el acusado y su madre en la capital hispalense, cuando ésta última le quitó el candado de la puerta del dormitorio.

Muerte por asfixia

En ese momento, y según el escrito del Ministerio Fiscal, el encausado salió de su dormitorio de la vivienda de Sevilla, «comenzando su madre a insultarle» y manteniendo ambos entonces una discusión verbal, en el transcurso de la cual el investigado cogió un cinturón con el que rodeó el cuello de su madre y presionó hasta causarle la muerte por asfixia.

Seguidamente, el investigado llamó por teléfono a la Policía pidiendo ayuda y reconociendo haber matado a su madre, permaneciendo en la vivienda hasta la llegada de los agentes, motivo por el que la Fiscalía le aplica la atenuante de confesión.

Según indica el Ministerio Público, el acusado «era el único de la familia que convivía con la madre, al separarse de hecho el padre y marcharse otra hermana, ambos por la imposible convivencia» con la víctima, de quien manifestaban los familiares «que tenía problemas mentales no diagnosticados», una situación «agravada» por el suicidio de otra de sus hijas, motivo por el que recibió tratamiento entre los años 2011 y 2018.

La Fiscalía añade que el acusado tiene sus capacidades levemente alteradas por su consumo prolongado de hachís desde los quince años, mientras que, en el momento de los hechos, no tenía disminuidas sus capacidades intelectivas pero sí presentaba una alteración moderada del control de impulsos y de sus capacidades volitivas.