Juzgados de Sevilla
Audiencia Provincial de Sevilla / SA

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un empleado de una discoteca de Sevilla de un presunto delito de abuso sexual después de que mantuviese un encuentro sexual con una clienta en los baños del establecimiento estando esta afectada por las bebidas alcohólicas consumidas.

Los hechos se remontan al pasado 3 de marzo de 2019, cuando la denunciante se encontraba celebrando una despedida de soltera junto con sus amigas. El grupo contrató una limusina que recorrió las calles de la capital hispalense y en la que se consumieron varias copas de cava. Más tarde, la limusina dejó al grupo de amigas en una discoteca y se instalaron en uno de los reservados.

Según detalla la sentencia recogida por Europa Press, la denunciante «comenzó la discoteca en el local, donde todas las participantes en la celebración pudieron comprar tickets por consumidores alcohólicas» y «compró varios tickets y consumió dos consumiciones de ron/cola, la primera la completa y la segunda no la terminó».

En la misma sentencia se recoge que el acusado estuvo haciendo sus labores de animación y pasó varias veces por el reservado en el que se encontraba la denunciante, acercándose a ella especialmente. «Hablaba cortejándola, interrelacionádose con ella y diciéndole que era muy guapa».

El animador le propuse que fueran a los baños

En un momento de la noche, el animador le propuso a la mujer que se fuesen a los baños, y según recoge la sentencia, «desinhibida por el consumo de alcohol y la situación festiva en la que participaba, aceptó la propuesta que le hizo el procesado». Entonces los dos marcharon a los servicios del establecimiento agarrados de la mano.

En los servicios de la discoteca de Sevilla, la sentencia recoge que la mujer que denuncia el abuso «hizo una felación» al procesado y «mantuvo una relación sexual completa por vía vaginal, sin que conste violencia, intimidación o pérdida de sentido». La sentencia recoge que una vez que finalizó el encuentro sexual, el empleado de la discoteca bajó a la pista de baile y la denunciante se quedó en los baños.

Tras salir momentos más tarde la víctima del baño, esta se encontró con un vigilante de seguridad que la acompañó a la salida donde se encontraban sus amigas. Según indica la sentencia, la denunciante apareció ante el resto de su grupo «con el pantalón medio puesto, el tanga en la cintura, un zapato roto, hablando de forma un tanto incoherente y manifestando que no sabía lo que había pasado».

Según la sentencia judicial, tras los sucesos la denunciante padeció estrés postraumático y estuvo tomando lorazepam para lidiar con la ansiedad.

La Audiencia no lo considera delito de abuso sexual

En la sentencia judicial se deja claro que la denunciante se encontraba bajo los efectos del alcohol, pero «no consta que la misma no la mantuviera libremente con conocimiento y consentimiento de lo que hacía», por lo que el jurado ha absuelto al acusado del delito de abuso sexual que se le atribuía.

«Las pruebas levantan serias dudas de que la denunciante, como consecuencia de la previa ingestión de bebidas alcohólicas, tuviera perturbadas con suficiente intensidad sus facultades cognoscitivas y volitivas como para entender viciado su consentimiento» resume la sentencia.

Para considerarse delito de abuso sexual, «es necesario que la víctima presente una profunda alteración de sus facultades perceptivas que la hagan incapaz de reaccionar como consecuencia de dicho consumo y en este caso, valorando todo el material probatorio no consideramos que tal extremo haya quedado suficientemente acreditado» zanja la sentencia, que además, recoge que la denunciante manifestó que no la habían forzado a mantener el encuentro sexual.