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Prisión provisional sin fianza para el presunto autor del crimen en María Luisa

La autopsia revela “una muerte violenta cuya causa fundamental es un shock hemorrágico por hemorragia derivada de las lesiones ano rectales» y la Audiencia considera “insostenible” la versión de que las relaciones sexuales mantenidas “fueran consentidas”.

Este lunes, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha hecho pública la decisión de la Audiencia de denegar la concesión de la libertad provisional al hombre investigado como presunto autor de la muerte de una mujer en la madrugada del pasado 24 de febrero en el Parque María Luisa de Sevilla.

Según la Audiencia de Sevilla (Sección Séptima), se mantiene que en este momento “subsisten íntegramente los motivos que llevaron al juez de instrucción a ordenar la prisión provisional del investigado”. Esto es, indicios racionales de la comisión de una acción delictiva, una especial peligrosidad del investigado y el riesgo de fuga de éste.

Los magistrados de la Audiencia remarcan en este auto que la autopsia revela “una muerte violenta cuya causa fundamental es un shock hemorrágico por hemorragia derivada de las lesiones ano rectales», y que los restos biológicos hallados indican al menos, dos perfiles genéticos compatibles con los de apelante y fallecida.

La versión del investigado

Ante esto, según se expresa en el auto «se hace insostenible la versión del investigado de que las relaciones sexuales mantenidas con la fallecida, fueron consentidas, algo de por sí nada creíble».

Además, en el auto se indica también que no hay indicios objetivos que apunten a la intervención en los hechos de persona o personas distintas del investigado dentro de la instrucción llevada a cabo hasta el día de hoy.

Los hechos que están siendo investigados podrían considerarse como un delito de agresión sexual y otro de asesinato o, al menos, un delito de homicidio doloso, sancionables con penas de prisión de 12 a 15 años el primero y de 15 a 25 años -o de 10 a 15 años, al menos- el segundo.

Ante las elevadas penas que pueden imponerse por los hechos presuntamente cometidos, los magistrados mantienen que se «hace ineficaz por el momento otros tipos de medidas cautelares», como la libertad provisional que se solicitaba.

Por todo ello, la Sala de la Audiencia desestimar la apelación del investigado y confirma el auto del Juzgado de Instrucción N.16 que acordaba la prisión provisional de este hombre.