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Abengoa evita la quiebra por el 75% de los acreedores

El juez del Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Sevilla homologa el acuerdo de refinanciación que le presentó Abengoa  porque entiende que el acuerdo es necesario para la continuidad de la empresa y se enmarca en un ámbito de actuaciones más amplias con medidas encaminadas a la continuidad de la empresa.

El juez, en un auto notificado a primera hora de hoy, declara la extensión de un efecto del acuerdo: la prórroga del vencimiento de las obligaciones hasta el 28 de octubre de 2016, que afecta a los acreedores de pasivos financieros que no hayan suscrito el acuerdo de refinanciación o que hayan mostrado su disconformidad con el mismo.

En el auto, el juez señala que tras los préstamos recibidos por Abengoa y los posteriores prestamos a la empresa, Abengoa podrá continuar su funcionamiento. 

El contenido del acuerdo de refinanciación es considerado por el juez como el mínimo necesario según la ley -en sus requisitos formales y materiales-, y ha sido suscrito por el 75 por ciento de los acreedores financieros. El requisito para la extensión del efecto de la prórroga del vencimiento de las obligaciones es que el acuerdo haya sido suscrito por el 60%

A partir de hoy, hay 15 días para impugnar esta decisión judicial; una vez que ésta sea firme dejan de producirse los efectos de suspensión de ejecuciones singulares y surgen los efectos de este acuerdo de refinanciación que el juez ha homologado.