La juez rechaza una vez más el tercer grado para Isabel Pantoja, condenada por delito de blanqueo de capitales a una pena de 24 meses.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha informado que, en el auto del 21 de septiembre, la juez titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Sevilla ha acordado rechazar el tercer grado y mantener la clasificación de segundo grado a Isabel Pantoja, dado que «aún no está capacitada plenamente para incorporarse al régimen de semilibertad que supone el tercer grado».

La juez recuerda en el auto que Isabel Pantoja está condenada por delito de blanqueo de capitales, con una pena que asciende a 24 meses de prisión, más multa por importe de 1.147.148 euros, que viene hasta la fecha abonando de forma fraccionada, y cuyo vencimiento definitivo está previsto para el 8 de noviembre de 2016.

En relación con este delito, la juez indica que la reeducación y la reinserción no son las únicas finalidades legítimas de las penas privativas de libertad. «Hay otros fines que son asimismo constitucionalmente legítimos, como los de prevención, general, frente a todos y especial, dirigido al penado, para disuadirle de la perpetración del delito».

Isabel Pantoja, según refleja el auto, «mantuvo su conducta contraria al orden jurídico penal a lo largo de varios años, movida únicamente por el afán de lucro, a costa del caudal público, actuación delictiva enmarcada en conductas de blanqueo de capitales y relacionada con lo que vulgarmente se denomina corrupción política, con la enorme gravedad y alarma social que ello provoca». El auto puede ser recurrido ante el propio Juzgado y la Audiencia de Sevilla.