Un informe jurídico contabiliza 141 impugnaciones en los últimos 10 años por malas prácticas en la contratación.

El Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla (COAS) ha defendido reiteradamente ante la opinión pública la necesidad de utilizar los recursos públicos por parte de las Administraciones, para asegurar la calidad de los trabajos de arquitectura, evitando también irregularidades por incumplimiento de la ley. En este sentido, un informe de la asesoría jurídica del COAS contabiliza 141 impugnaciones por malas prácticas en la contratación de estos trabajos por parte de las entidades públicas.

El COAS ha venido reclamando en todo este tiempo la convocatoria de concursos para asegurar la mejor de las soluciones para el interés de la sociedad. Asimismo, el Colegio resalta el esfuerzo que para el colectivo supone la participación gratuita en los concursos, y el valor añadido que aporta a la gestión de los recursos públicos la separación en la contratación de técnicos y empresas, puesto que los primeros son los que deben supervisar el trabajo de los segundos.

Las acciones llevadas a cabo por el COAS están orientadas a la exigencia de la máxima calidad de los proyectos. Sin embargo, ante la falta de colaboración de las Administraciones y entidades públicas se ha visto obligado a acudir reiteradamente a los tribunales, no con el fin de contradecir la acción de los responsables políticos, sino simplemente para conseguir que la Justicia estableciese una doctrina que fuera observada por todos.

Además, la vía del recurso contencioso-administrativa suele alargar el procedimiento durante años. Así, ha ocurrido más de una vez que los tribunales le dan la razón al COAS cuando ya se han construido los edificios o se han puesto en aplicación planes de ordenación luego judicialmente condenados.

Las irregularidades más frecuentes que se han detectado son, de acuerdo con el referido informe, la aplicación de criterios subjetivos, la contratación conjunta de proyecto y obra, exigencias profesionales imprecisas o excesivas, el abuso del procedimiento de urgencia y de plazos demasiado cortos, el fraccionamiento arbitrario de contratos o el fomento de bajas temerarias en el presupuesto.

Según el informe, se han tramitado 41 reclamaciones por la inclusión en las bases de los concursos de criterios subjetivos, que dejan al arbitrio de la entidad convocante la selección del profesional. Asimismo, se han realizado 26 reclamaciones por la exigencia de que se constituya una UTE entre distintos técnicos, lo que obliga al arquitecto a asumir responsabilidades ajenas, y otras 26 impugnaciones de bases de concursos que por distintos motivos restringían los derechos de los concursantes.

Otras reclamaciones han sido por no seguirse el procedimiento previsto en la Ley de Contratos del Sector Público (21), al fraccionarse los contratos para reducir las cuantías y así evitar el concurso. Finalmente, se impugnaron 17 contratos llamados de proyecto y obra, modalidad en la que se encarga el conjunto a una empresa, que a su vez contrata al arquitecto, por lo que éste no puede cumplir su papel de defensor del interés público. Finalmente, se impugnaron otros 9 concursos por actuaciones contrarias a la ley en la contratación de profesionales.

Entre otros casos, es habitual que en los concursos se incluya como criterio la experiencia del licitador, que no tiene nada que ver con la calidad de la propuesta, o se pida conocimiento de la zona. Asimismo, las licitaciones tienen imprecisiones sobre la titulación requerida, lo que entraña peligro de intrusismo. También se aplica de forma habitual el procedimiento de urgencia, dejando el plazo de presentación en el mínimo legal de ocho días, lo que impide hacer una propuesta mínimamente solvente, y despierta por tanto la sospecha de falta de transparencia y limpieza.

Finalmente, se redactan pliegos de condiciones en los que la oferta económica se puntúa muy por encima de los aspectos arquitectónicos o funcionales de la propuesta. Esta práctica está convirtiendo progresivamente a los concursos en una subasta económica –con bajas temerarias del 30% y más-, y se margina, en cambio, el criterio de que los proyectos sean evaluados por personas con capacitación y titulación adecuada.