Luis Oliver interpuso esta querella por la actuación de Mercedes Alaya durante la instrucción del caso Betis en el año 2008.

El TSJA ha aceptado la petición realizada por la Fiscalía Superior de Andalucía de reclamar más documentación antes de pronunciarse sobre si debe o no admitirse a trámite la querella presentada por el exconsejero delegado del Real Betis.

En un auto, la Sala de lo Civil y Penal ha declarado en primer lugar su competencia «para la investigación y esclarecimiento, en su caso, de los hechos relatados en la querella» y que han dado lugar a la apertura de esta causa especial.

En segundo lugar, acuerda que se aporte a la causa una copia de todos los informes presentados por la Unidad Central Operativa y de Delincuencia Económica de la Guardia Civil desde el remitido con fecha 4 de octubre de 2011, «con certificación de la Secretaría del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla hasta la fecha de recepción de los mismos y de su incorporación a la causa, adjuntándose las resoluciones dictadas para llevar a cabo esa incorporación».

También pide una copia de la notificación al Ministerio Fiscal del auto de 5 de octubre de 2011 donde se declaraba el secreto de las actuaciones y se acordaba la intervención telefónica respecto a Luis Oliver, así como del auto de 17 de octubre de 2011, «en cuya virtud se ratifica la medida de intervención telefónica acordada», y del auto de 2 de noviembre del mismo año «en cuya virtud se alzan las medidas que habían sido previamente acordadas» por la instructora, tal y como avanza este jueves ‘Diario de Sevilla’.

Asimismo, solicita una copia íntegra de la transcripción de las intervenciones telefónicas que, en cumplimiento de las resoluciones judiciales anteriores, fueron realizadas por la Guardia Civil, «indicando su fecha de realización y remisión al Juzgado, con expresión, mediante certificación de la Secretaría, de su fecha de recepción y de su incorporación a la causa, adjuntándose las resoluciones dictadas para llevar a cabo esta incorporación, así como su lugar de conservación y custodia hasta el día de la fecha».

El TSJA acuerda que, una vez recibida dicha prueba documental, se de nuevo traslado de la causa al Ministerio Fiscal «al objeto de emitir dictamen sobre admisión o inadmisión a trámite de la querella presentada».