La juez de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Sevilla autoriza un permiso de 4 días a Isabel Pantoja, como corresponde al criterio general que se aplica al primer permiso de un interno cuando lo va a disfrutar fuera de la provincia donde se situa el centro penitenciario en el que está ingresado.

En el permiso ordinario concedido a la cantante se señala que Isabel Pantoja tiene que pernoctar en su domicilio de Cantora (Cadiz) y que, como sucede siempre con este tipo de permisos, si durante el día se trasladase a otro provincia tendría que comunicarlo al juez de Vigilancia Penitenciaria.

Por otro lado, la juez considera que no es necesario que la interna comparezca ante el Juzgado durante los días de su permiso porque no se aprecian circunstancias que pudieran hacer pensar que Isabel Pantoja quebrantaría ese permiso y, por otro lado, esta comparecencia generaría situaciones complicadas tanto para ella como para las fuerzas del orden.

La juez, en su permiso, no señala ningún criterio más sobre lo que Isabel Pantoja puede o no puede hacer durante su permiso.

A la hora de conceder el permiso, la juez ha tenido en cuenta que Isabel Pantoja está cumpliendo una pena de 24 meses de prisión, que el delito de blanqueo de capitales por el que ha sido condenada es por unos hechos realizados en los años 2002-2006, que ya ha cumplido la cuarta parte de la condena, que es una interna de buena conducta en el centro, el arrepentimiento de los hechos delictivos y, por último, que cuenta con acogida familiar para disfrutar de este permiso. La concesión del permiso ya ha sido enviada al centro penitenciario de mujeres de Alcalá de Guadaira (Sevilla).