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La Coordinadora contra la implantación de este sistema ha mostrado su más profundo rechazo al ‘pseudo’ procedimiento de audiencia pública anunciado por el Consistorio.

La Coordinadora contra la implantación de la zona azul de Sevilla, de la que forma parte FACUA Sevilla, CCOO-S, UGT-S, las Plataformas de Afectados de Bami y Nervión, ATTAC Sevilla y el Movimiento de Acción Estudiantil, ha mostrado su más profundo rechazo al pseudo procedimiento de audiencia pública que el Ayuntamiento ha anunciado para volver a modificar de manera irregular el sistema de estacionamiento regulado en las zonas de Bami y Nervión.

El Consistorio ha informado que pretende abrir un periodo de alegaciones a un informe técnico, que en todo caso debería ser parte de una memoria técnica de una propuesta normativa, algo que, de acuerdo a la Coordinadora, es inusual, no reglado y fuera de los procedimientos legalmente establecidos.

El pasado 3 de marzo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia que se establece «un periodo de información pública de veinte días para realizar las alegaciones que se entiendan oportunas al informe técnico que sirve de fundamento a la restructuración que se pretende realizar de la zona azul de Bami y Nervión».

La Coordinadora recuerda que el delegado de Seguridad y Movilidad no tiene competencias para dictar dichas resoluciones, dado que la determinación del lugar concreto en el que el hecho de aparcar va a generar el pago de una tasa supone la determinación del hecho imponible que va a ser gravado por la Administración y, por tanto, debe determinarse por una Ordenanza tras pasar por el Pleno del Ayuntamiento y el reglado trámite de información pública.

Así lo indica la Ley 58/2003 General Tributaria, en su artículo 20, que indica que «el hecho imponible es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal». En este sentido, la propia Ordenanza fiscal de estacionamiento regulado define «el hecho imponible» en su artículo 2 como «el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas, situadas en zonas previamente señalizadas por el Ayuntamiento en los días y márgenes horarios determinados».

Además, la Coordinadora rechaza también que el abogado que representa al Ayuntamiento en el proceso judicial iniciado por FACUA Sevilla contra el procedimiento seguido para establecer la zona azul en las zonas de Bami y Nervión haya pedido que se suspendan los autos mientras se «prepara la citada modificación». Este colectivo social recuerda que el objeto del pleito es precisamente que el delegado no tiene competencias para realizar dicha modificación.

La Coordinadora reitera su denuncia pública ante la falta de voluntad política de establecer mecanismos reales de participación ciudadana. Dicha intervención de la sociedad civil en un procedimiento que tenga la suficiente legitimidad es necesaria para dar soluciones de aparcamiento a las miles de personas que diariamente viven y trabajan en Sevilla.