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Condena de siete meses de cárcel a Gordillo y Cañamero

La juez del Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla absuelve al secretario general del SAT del delito de atentado y de la falta de lesiones de los que fue acusado tras un acto de protesta del sindicato en septiembre de 2009.

La juez considera que no ha quedado probado que fuera Cañamero quien lanzara la piedra al policia nacional en el avance de los manifestantes. 

Según señala la sentencia, de las fotografías aportadas por la defensa, «resulta manifiesto que Cañamero se encontraba entre las personas que intentaban sobrepasar el cordón policial, pero sin actitud violenta alguna».

Por otro lado, «ninguno de los agentes que han prestado declaración manifiestó haber visto al acusado Cañamero lanzar una piedra, ni agredir en forma alguna a los agentes». Por ello, el testimonio del agente de la policia no ha podido ser refrendado por otras pruebas practicadas y, en consecuencia, la juez acuerda la presunción de inocencia del acusado

En la misma sentencia, aparecen los delitos y penas de conformidad, como las indemnizaciones, a las que llegaron en el juicio otros cinco participantes en la manifestación.